Decreto núm. 112 EXENTO, publicado el 05 de Noviembre de 2018. MODIFICA LOS DECRETOS EXENTOS Nº 27, DE 2012, QUE APROBÓ LA NORMA TÉCNICA QUE DEFINE LOS CRITERIOS DESTINADOS A ESTABLECER LA EQUIVALENCIA TERAPÉUTICA EN PRODUCTOS FARMACÉUTICOS EN CHILE Y Nº 500, DE 2012, QUE APROBÓ LA NORMA TÉCNICA QUE DETERMINA LOS PRINCIPIOS ACTIVOS CONTENIDOS EN PRODUCTOS FARMACÉUTICOS QUE DEBEN DEMOSTRAR SU EQUIVALENCIA TERAPÉUTICA Y LISTA DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS QUE SIRVEN DE REFERENCIA DE LOS MISMOS, AMBOS DEL MINISTERIO DE SALUD
Publicado en: | Diario Oficial |
Emisor: | MINISTERIO DE SALUD |
Rango de Ley: | Decreto |
MODIFICA LOS DECRETOS EXENTOS Nº 27, DE 2012, QUE APROBÓ LA NORMA TÉCNICA QUE DEFINE LOS CRITERIOS DESTINADOS A ESTABLECER LA EQUIVALENCIA TERAPÉUTICA EN PRODUCTOS FARMACÉUTICOS EN CHILE Y Nº 500, DE 2012, QUE APROBÓ LA NORMA TÉCNICA QUE DETERMINA LOS PRINCIPIOS ACTIVOS CONTENIDOS EN PRODUCTOS FARMACÉUTICOS QUE DEBEN DEMOSTRAR SU EQUIVALENCIA TERAPÉUTICA Y LISTA DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS QUE SIRVEN DE REFERENCIA DE LOS MISMOS, AMBOS DEL MINISTERIO DE SALUD
Núm. 112 exento.- Santiago, 24 de octubre de 2018.
Vistos:
Estos antecedentes; lo dispuesto en el Código Sanitario, aprobado por DFL Nº 725, de 1967; en el DFL Nº 1, de 2005, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 2.763 de 1979 y de las leyes Nº 18.933 y Nº 18.469; en el artículo 221 del decreto supremo Nº 3 de 2010, que aprueba el Reglamento del Sistema Nacional de Control de Productos Farmacéuticos de Uso Humano; en el decreto exento Nº 27, de 2012, que aprobó la Norma Técnica Nº 131 que define los criterios destinados a establecer la equivalencia terapéutica en productos farmacéuticos en Chile; en el decreto exento Nº 500, de 2012, que aprobó la Norma Técnica Nº 136, que determina los principios activos contenidos en productos farmacéuticos que deben demostrar su equivalencia terapéutica y lista de productos farmacéuticos que sirven de referencia de los mismos; todas las anteriores del Ministerio de Salud; en el Ord. Nº 720, de 2018, del Instituto de Salud Pública de Chile; en el decreto supremo Nº 28, de 2009, mediante el cual el Presidente de la República delega en el Ministro de Salud la facultad de aprobar de Normas Técnicas; en la resolución Nº 1.600, de 2008, de Contraloría General de la República;
Considerando:
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Que, el artículo 221 del decreto Nº 3, de 2010, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento del Sistema Nacional de Control de Productos Farmacéuticos de Uso Humano, faculta a este Ministerio a determinar los productos que requieren demostrar su equivalencia terapéutica estableciendo las listas de los principios activos y de los productos farmacéuticos que servirán de referencia de los mismos, si corresponde.
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Que, mediante decreto exento Nº 27, de 18 de enero de 2012, se aprobó la Norma Técnica Nº 131, que define los criterios destinados a establecer la equivalencia terapéutica en productos farmacéuticos en Chile, incluyéndose los estándares a los que deben estar sometidos los estudios...
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