Decreto núm. 1100 EXENTO, publicado el 17 de Abril de 2018. MODIFICA DECRETO N° 1.420 EXENTO, DE FECHA 12 DE ABRIL DE 2017, SOBRE COBRO DE DERECHOS MUNICIPALES POR PERMISOS, CONCESIONES Y SERVICIOS QUE PRESTA LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VALLENAR
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MUNICIPALIDAD DE VALLENAR |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA DECRETO N° 1.420 EXENTO, DE FECHA 12 DE ABRIL DE 2017, SOBRE COBRO DE DERECHOS MUNICIPALES POR PERMISOS, CONCESIONES Y SERVICIOS QUE PRESTA LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VALLENAR
Núm. 1.100 exento.- Vallenar, 26 de marzo de 2018.
Vistos:
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- Decreto exento N° 1.420, de fecha 12 de abril de 2017, que fija texto refundido y actualizado de la Ordenanza sobre Derechos Municipales por permisos, concesiones y servicios que presta la Ilustre Municipalidad de Vallenar.
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- Decreto exento N° 3.763, de fecha 21 de septiembre de 2017, fija nuevo valor para el uso del estadio de fútbol contenido en la Ordenanza sobre derechos municipales por permisos, concesiones y servicios que presta la Ilustre Municipalidad de Vallenar.
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- Decreto exento N° 4.136, de fecha 13 de octubre de 2017, que modifica Ordenanza sobre cobro de Derechos Municipales por permisos, concesiones y servicios que presta la Ilustre Municipalidad de Vallenar.
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- Informe N° 102, de fecha 9 de marzo de 2018, emanado de la Dirección de Asesoría Jurídica.
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- El acuerdo del Honorable Consejo Comunal en su sesión ordinaria N° 8, de fecha 14 de marzo de 2018.
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- El menester de modificar la ordenanza sobre Cobro de Derechos Municipales por Permisos, Concesiones y Servicios que presta la Ilustre Municipalidad de Vallenar.
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- Teniendo presente las atribuciones que me confiere la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
Decreto:
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- Modifíquese la Ordenanza sobre Derechos Municipales por permisos, concesiones y servicios que presta la Ilustre Municipalidad de Vallenar, en el siguiente tenor: Párrafo 2° sobre "Derechos Municipales con Patentes por el Ejercicio de Actividades Lucrativas", Artículo 11:
- Donde dice:
Otros derechos:
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Kioscos o instalación por m2, Sector Centro, Poblaciones y Sector Rural.
Valor: 0.08 UTM Semestral + 0.01 UTM por ocupación de B.N.U.P.
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Mesas y otros para la atención de público, anexos a los establecimientos comerciales de salones de té, café restaurantes, por m2.
Valor: 0.10 UTM Semestral + 0.01 UTM por ocupación de B.N.U.P.
- Debe agregar:
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Instalación de máquinas expendedoras de alimentos y bebidas en recintos municipales, por m2.
Valor: 0.8 UTM Mensual.
- Donde dice:
- Otros Derechos:
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1) Extracción de...
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