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Decreto núm. 1091 EXENTO, publicado el 27 de Noviembre de 2015. MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE VOZ SOBRE INTERNET A LA EMPRESA UNIVERSAL IP CHILE S.A.

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE VOZ SOBRE INTERNET A LA EMPRESA UNIVERSAL IP CHILE S.A.

Santiago, 9 de noviembre de 2015.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 1.091 exento.

Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

  2. La Ley Nº18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.

  3. La resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

  4. El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

  5. El decreto supremo Nº 484 de 2007, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Voz sobre Internet.

  6. El decreto supremo Nº 72 de 2010, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, y sus modificaciones posteriores.

    Considerando:

  7. Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 129.038 de 11.08.2015, complementado mediante ingresos Subtel Nº 161.972 de 28.09.2015 y Nº167.400 de 02.10.2015.

  8. Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el inciso quinto del artículo 14º, de la ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15º y 16º de la misma, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.

    Decreto:

    Modifícase la concesión de Servicio Público de Voz sobre Internet, a la empresa Universal IP Chile S.A., RUT Nº 76.076.628-3, con domicilio en Padre Mariano Nº391, oficina 803, comuna de Providencia Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.

    1. Autorízase a la concesionaria para modificar la dirección de un (1) nodo, según se indica a continuación.

      Los plazos y demás características técnicas no consideradas en la presente solicitud de modificación, permanecerán inalterables de conformidad al...

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