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Decreto núm. 1011, publicado el 04 de Agosto de 2018. REGULARIZA PRÓRROGA DECRETO N° 68, DE 4 DE MAYO DE 2009, DEL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rango de LeyDecreto

REGULARIZA PRÓRROGA DECRETO N° 68, DE 4 DE MAYO DE 2009, DEL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Núm. 1.011.- Santiago, 31 de mayo de 2018.

Visto:

Lo dispuesto en el artículo 326 de la Constitución Política de la República; en la Ley N° 19.880; en la Ley N° 20.344; en la Ley N° 20.502; en la Ley N° 21.053 de Presupuestos del Sector Público para el año 2018; en el artículo 51 letra e) del decreto N° 412, de 1991 del Ministerio de Defensa Nacional, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Estatuto del Personal de Carabineros de Chile; en el decreto N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el decreto N° 68, de 2009, del Ministerio de Defensa Nacional y sus modificaciones posteriores y en el decreto N° 1.888, de 2016, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.

Considerando:

  1. El oficio interno N° 242, de 29 de mayo de 2018, de la División de Carabineros de la Subsecretaría del Interior del Ministerio del Interior y Seguridad Pública;

  2. El oficio N° 417, de 31 de mayo de 2018, de la Secretaría General de Carabineros;

  3. El oficio N° 49, de 31 de mayo de 2018, de la Dirección General de Carabineros de Chile, y

  4. Que, el principio de irretroactividad de los actos de la Administración del Estado establecido en el artículo 52° de la Ley N° 19.880, reconoce como excepción, aquellas circunstancias en que se producen consecuencias favorables para los interesados y no se lesionan derechos de terceros.

Decreto:

  1. - Regularízase la prórroga, a contar del 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2018, de la autorización a la Dirección General de Carabineros para otorgar una Gratificación Especial de Operaciones Policiales Especiales, no imponible, ascendente a un 30% de su sueldo base más el diferencial por goce de sueldos superiores, al Personal de Orden y Seguridad de Carabineros de Chile, que teniendo el Título de Operaciones Policiales Especiales desempeña en forma efectiva y principal las funciones propias de la especialidad en Reparticiones, Unidades y/o Secciones de Operaciones Policiales Especiales.

  2. - Fíjase, para el año 2018, en 368 (trescientos sesenta y ocho) el número de beneficiarios, los que deben prestar servicios en la Repartición y Unidades que a continuación se indican:

PREF. OPERACIONES POLICIALES ESPECIALES (G.O.P.E.)

G.O.P.E. (P.A.E.) ARICA

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