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Decreto núm. 1009, publicado el 04 de Agosto de 2018. REGULARIZA AUTORIZACIÓN PARA OTORGAR GRATIFICACIÓN ESPECIAL DE RIESGO, AL PERSONAL DE CARABINEROS DE CHILE QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rango de LeyDecreto

REGULARIZA AUTORIZACIÓN PARA OTORGAR GRATIFICACIÓN ESPECIAL DE RIESGO, AL PERSONAL DE CARABINEROS DE CHILE QUE INDICA

Núm. 1.009.- Santiago, 31 de mayo de 2018.

Visto:

Lo dispuesto en el artículo 326 de la Constitución Política de la República; en la ley N° 19.880; en la ley N° 20.502; en la Ley N° 21.053 de Presupuestos del Sector Público para el año 2018; en el artículo 51 letra a) del decreto N° 412, de 1991, del Ministerio de Defensa Nacional, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Estatuto del Personal de Carabineros de Chile; en el artículo 15 letra a) del Reglamento de Asignaciones, Sobresueldos, Gratificaciones Especiales y Otros Derechos Estatutarios del Personal de Carabineros de Chile, aprobado por el decreto N° 87, de 1999, del Ministerio de Defensa Nacional; en el decreto N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el decreto N° 1.886, de 2016, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la resolución exenta N° 240 y N° 241, de 2018, de la Dirección General de Carabineros y en la resolución exenta N° 247, de 2018, de la Dirección Nacional de Orden y Seguridad de Carabineros de Chile.

Considerando:

  1. Que la situación de riesgo permanente para el Personal de Carabineros de Chile, que desempeñe sus funciones y misiones en determinadas regiones del territorio nacional que se señalan, se mantendrá durante el año 2018;

  2. El oficio interno N° 242, de 29 de mayo de 2018, de la División de Carabineros de la Subsecretaría del Interior del Ministerio del Interior y Seguridad Pública;

  3. El oficio N° 417, de 31 de mayo de 2018, de la Secretaría General de Carabineros;

  4. El oficio N° 47, de 31 de mayo de 2018, de la Dirección General de Carabineros, y

  5. Que, el principio de irretroactividad de los actos de la Administración del Estado establecido en el artículo 52° de la ley N° 19.880, reconoce como excepción, aquellas circunstancias en que se producen consecuencias favorables para los interesados y no se lesionan derechos de terceros.

Decreto:

  1. - Regularízase, a contar del 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2018, la autorización a la Dirección General de Carabineros, para otorgar la Gratificación Especial de Riesgo, no imponible, de acuerdo a los porcentajes de sueldo en posesión consignados a continuación, para el Personal de Carabineros de Chile que preste servicios en los territorios jurisdiccionales de las regiones que se indican y que reúnan los requisitos habilitantes...

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