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Decreto núm. 1, publicado el 21 de Diciembre de 2018. REGLAMENTO MUNICIPAL QUE MODIFICA LA PLANTA DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE QUILICURA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE QUILICURA
Rango de LeyDecreto

REGLAMENTO MUNICIPAL QUE MODIFICA LA PLANTA DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE QUILICURA

Quilicura, 5 de diciembre de 2018.- La Alcaldía dicta hoy lo que sigue:

Núm. 1.

Vistos:

Las facultades y atribuciones que me confiere el artículo 49 bis del DFL Nº 1/2006, del Ministerio del Interior, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, en atención a que el Alcalde podrá fijar o modificar las plantas del personal; decreto ley Nº 3.551/81, del Ministerio de Hacienda, Título II, que fija normas sobre remuneraciones y sobre el personal del sector público; la ley Nº 20.922, que modifica disposiciones aplicables a los funcionarios municipales y entrega nuevas competencias a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo; la ley Nº 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, que en su artículo 2 inciso final establece el límite del gasto en personal de los municipios y los artículos Nº 49 y Nº 50 de la misma norma, que regulan el escalafón de mérito del personal municipal; el Reglamento Nº 1.675/17, del Ministerio del Interior, que aprueba Reglamento que regula el procedimiento para establecer la categoría en que se ubicarán las municipalidades del país para efectos de determinar el rango de grados que corresponde asignar al cargo de alcalde dentro de la Planta Municipal respectiva; la resolución exenta Nº 9.380/17, del Ministerio del Interior, que establece las categorías en que han sido clasificados los municipios; la resolución exenta Nº 5.185/18, que deja constancia de las categorías en que se ubican las municipalidades del país y del rango de remuneraciones que corresponde asignar a los respectivos Alcaldes en la correspondiente Planta de Personal; ley Nº 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado; la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y la ley Nº 10.336, de organización y atribuciones de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. - Que, la actual planta de la Municipalidad de Quilicura, data del año 1994, y consideró una dotación de 118 funcionarios, aprobada por el DFL Nº 211-19.321, del año 1994, del entonces Ministerio del Interior, que Adecua, Modifica y Establece Planta de Personal de la Municipalidad de Quilicura, y modificada producto de los encasillamientos originados en la aplicación de la ley Nº 20.922, publicada en el Diario Oficial de fecha 25 de mayo de 2016, los cuales constan en los decretos alcaldicios Nº 2.492, del 4 de agosto del año 2016, y Nº 4.524, del 30 de diciembre del año 2016.

  2. - Que, el Censo del año 1992, con el cual se aprobó la planta de funcionarios municipales actualmente vigente, estimó un total de 41.121 habitantes para la comuna, y posteriormente el Censo abreviado del año 2017 ha determinado una población de 210.410 habitantes para la comuna de Quilicura, lo cual representa un aumento de más de un 400%, es base plausible para justificar la necesidad de actualizar la cantidad de funcionarios existentes en la planta de la Municipalidad de Quilicura.

  3. - La entrada en vigencia de la ley Nº 20.922 y lo señalado en el dictamen Nº 41.238, de 2017, de la Contraloría General de la República, que fija la fecha en la que podrá emitirse por primera vez el reglamento municipal que modifique la planta.

  4. - Que, mediante oficio alcaldicio Nº 341 de fecha 4 de abril de 2018, se hace entrega en la Sesión Ordinaria Nº 49 al Honorable Concejo Municipal la propuesta de reglamento de planta municipal de Quilicura, de acuerdo a lo establecido en la ley Nº 20.922.

  5. - Que, se conformó un Comité Bipartito de planta, el cual sesionó periódicamente, y que estuvo compuesto por representantes de la Autoridad y de las Asociaciones de Funcionarios existentes, quienes elaboraron el proyecto de planta y el Reglamento de organización interna, los cuales fueron presentados para observaciones y posterior aprobación al Honorable Concejo Municipal, el cual dio su aprobación unánime, en Sesión Ordinaria Nº 53 de Concejo, con fecha 9 de mayo de 2018.

  6. - Que, mediante la dictación del oficio Nº 17.773, de fecha 13 de julio de 2018 por la Contraloría General de la República, se imparten instrucciones en relación con el ejercicio de la facultad para fijar o modificar las plantas de personal de las Municipales.

  7. - Que, con fecha 23 de octubre de 2018, mediante decreto exento N° 3.661, se modificó la constitución del Comité Bipartito, y dicho órgano trabajó y dio respuesta a las observaciones realizadas por Contraloría General de la República a la propuesta de planta de acuerdo a las instrucciones emitidas por el órgano fiscalizador a través de oficio Nº 17.773, de fecha 13 de julio de 2018, las cuales que fueron expuestas y aprobadas en forma unánime por el Honorable Concejo Municipal en la Sesión Ordinaria Nº 73 de fecha 5 de diciembre de 2018.

  8. - Que la Planta propuesta en este Reglamento considera la creación de diversos nuevos cargos, haciéndose eco del crecimiento experimentado en la comuna desde el año 1994, fecha de la última planta vigente, pero a su vez se hace cargo de nuevas e importantes responsabilidades que se han establecido dentro del ámbito local a los municipios, mediante la creación de nuevas direcciones a la vez de establecer otras direcciones genéricas que permitirán a futuras autoridades contar con un debido margen de flexibilidad para plasmar nuevas prioridades. De igual manera la propuesta se hace...

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