Decreto núm. 1, publicado el 25 de Septiembre de 2018. MODIFICA POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'CONCESIÓN INTERNACIONAL RUTA 5 TRAMO SANTIAGO ? TALCA Y ACCESO SUR A SANTIAGO' Y APRUEBA CONVENIO AD-REFERÉNDUM N° 7 - MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 739943245

Decreto núm. 1, publicado el 25 de Septiembre de 2018. MODIFICA POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'CONCESIÓN INTERNACIONAL RUTA 5 TRAMO SANTIAGO ? TALCA Y ACCESO SUR A SANTIAGO' Y APRUEBA CONVENIO AD-REFERÉNDUM N° 7

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyDecreto

MODIFICA POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA "CONCESIÓN INTERNACIONAL RUTA 5 TRAMO SANTIAGO – TALCA Y ACCESO SUR A SANTIAGO" Y APRUEBA CONVENIO AD-REFERÉNDUM N° 7

Núm. 1.- Santiago, 5 de enero de 2018.

Vistos:

- El DFL Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 15.840, de 1964, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas y del DFL Nº 206, de 1960, Ley de Caminos.

- El Decreto Supremo MOP Nº 900, de 1996, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL MOP Nº 164 de 1991, Ley de Concesiones de Obras Públicas, en particular su artículo 19°.

- El Decreto Supremo MOP Nº 956, de 1997, Reglamento de la Ley de Concesiones de Obras Públicas, en especial su artículo 69°.

- El Decreto Supremo MOP Nº 859, de fecha 30 de junio de 1998, que adjudicó el contrato de concesión para la ejecución, conservación y explotación de la obra pública fiscal denominada "Concesión Internacional Ruta 5 Tramo Santiago – Talca y Acceso Sur a Santiago".

- El Decreto Supremo MOP N° 318, de fecha 30 de abril de 2008.

- El Decreto Supremo MOP N° 171, de fecha 30 de abril de 2009.

- El Decreto Supremo MOP N° 271, de fecha 10 de junio de 2010.

- El Decreto Supremo MOP N° 391, de fecha 10 de noviembre de 2010.

- La Resolución DGOP (Exenta) N° 3983, de fecha 28 de agosto de 2012.

- Los Oficios Ord. N° 4509 y N°5034, de fechas 18 de mayo de 2010 y 6 de octubre de 2010, respectivamente.

- El Decreto Supremo MOP N°257, de fecha 30 de agosto de 2013.

- La Resolución DGOP (Exenta) N°2145, de fecha 13 de mayo de 2015.

- El Decreto Supremo MOP N°280, de fecha 2 de octubre de 2015.

- El Oficio Ord. N° 11237, de fecha 16 de febrero de 2016.

- El Oficio Ord. Nº 12102, de fecha 28 de octubre de 2016, del Inspector Fiscal.

- La anotación en el Libro de Explotación folio N° 47, de fecha 28 de octubre de 2016.

- El Memorándum N° 006, de fecha 25 de enero de 2017.

- El Oficio Ord. N° 003, de fecha 25 de enero de 2017.

- El Oficio Ord. CONASET N° 22, de fecha 31 de enero de 2017.

- El Memorándum N° 0112, de fecha 13 de marzo de 2017.

- La Resolución DGOP (Exenta) Nº 485, de fecha 3 de febrero de 2017.

- El Oficio Ord. N° 059, de fecha 25 de mayo de 2017.

- La Resolución DGOP (Exenta) Nº 2529, de fecha 7 de julio de 2017.

- La Resolución DGOP (Exenta) Nº 2636, de fecha 14 de julio de 2017.

- El Oficio Ord. N° 0105, de fecha 1 de septiembre de 2017.

- El Memorándum N° 0475, de fecha 6 de septiembre de 2017

- El Oficio Ord. N° 051/123 de fecha 16 de octubre de 2017.

- El Oficio Ord. Nº 13.225, de fecha 28 de noviembre de 2017, del Inspector Fiscal.

- La Carta G.G. N° 233/2017, de fecha 12 de diciembre de 2017, de la Sociedad Concesionaria.

- El Oficio Ord. Nº 13.280, de fecha 15 de diciembre de 2017, del Inspector Fiscal.

- El Oficio Ord. Nº 160, de fecha 15 de diciembre de 2017, del Jefe de la División de Operaciones de Obras Concesionadas.

- La Resolución Nº 1600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fijó normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerado:

  1. Que, los artículos 19° de la Ley de Concesiones de Obras Públicas y 69° de su Reglamento, establecen que el Ministerio de Obras Públicas, desde que se perfeccione el contrato, podrá modificar, por razones de interés público, las características de las obras y servicios contratados, debiendo compensar al concesionario con las indemnizaciones necesarias en caso de perjuicio, acordando con aquél indemnizaciones que podrán expresarse en el plazo de la concesión, en las tarifas, en los aportes o subsidios o en otros factores del régimen económico de la concesión pactados, pudiendo utilizar uno o varios factores a la vez.

  2. Que, dado el progresivo aumento del flujo vehicular, se puede observar que la Concesión está operando a máxima capacidad y que la intensidad de tránsito durante horarios punta y contingencias anuales genera altos niveles de congestión, afectando la circulación de los vehículos que se desplazan tanto hacia la Región Metropolitana, como hacia la ciudad de Rancagua, sus alrededores y al sur del país, generando problemas de seguridad en la conducción, tiempos de viaje muy superiores a los normales e incomodidad a los usuarios.

  3. Que, adicionalmente, el aumento de población de las localidades y comunidades aledañas a la Concesión, ha consolidado nuevos polos de desarrollo con un consecuente crecimiento del equipamiento comercial, educacional, de salud y otros, que, junto con el aumento del parque automotor, dejan la actual conectividad vial y peatonal existente en la Concesión con niveles de servicio que deben ser elevados, razón por la cual se requiere ejecutar nuevas inversiones en obras y servicios para otorgar mayor seguridad a la infraestructura vial, al tránsito vehicular (liviano y pesado) y a la conectividad peatonal, nuevos paraderos de buses, refugios peatonales, pasarelas peatonales, circuitos peatonales y atraviesos que cuenten con criterios de diseño que incorporen los estándares de accesibilidad universal, además de otras obras de servicialidad como ciclovías y calles de servicio.

  4. Que, también, se ha constatado la necesidad de materializar un conjunto de nuevas inversiones destinadas a la actualización de los estándares de seguridad vial de la Concesión, incorporando cierros perimetrales en la mediana.

  5. Que, mediante Decreto Supremo MOP Nº 318, de fecha 30 de abril de 2008, el MOP modificó las características de las obras y servicios del contrato de concesión, en el sentido que "Ruta del Maipo Sociedad Concesionaria S.A." debió desarrollar el estudio de ingeniería definitiva denominado "Obras Grupo I: Seguridad Normativa". Por su parte, mediante Decreto Supremo MOP N° 391, de fecha 10 de noviembre de 2010, se modificó el Decreto Supremo MOP N° 318, antes señalado, en el sentido que se reemplazó, eliminó y agregó unos proyectos de ingeniería, según ahí se da cuenta. Se deja constancia que el estudio de ingeniería antes señalado fue aprobado por el Inspector Fiscal mediante los Oficios Ord. N° 4509 y N°5034, de fechas 18 de mayo de 2010 y 6 de octubre de 2010, respectivamente.

  6. Que, mediante Resolución DGOP (Exenta) N° 1062, de fecha 10 de marzo de 2009, sancionada mediante Decreto Supremo MOP N° 171, de fecha 30 de abril de 2009, el MOP modificó las características de las obras y servicios del contrato de concesión, en el sentido que la Sociedad Concesionaria, entre otros, debía instalar, operar y mantener equipos contadores automáticos de vehículos en los accesos del Casino de Juego San Francisco de Mostazal. Adicionalmente, mediante Decreto Supremo MOP N° 271, de fecha 10 de junio de 2010, se estableció, entre otros, las compensaciones por la modificación antes señalada.

  7. Que, mediante Resolución DGOP (Exenta) N° 3983, de fecha 28 de agosto de 2012, sancionada mediante Decreto Supremo MOP N° 257, de fecha 30 de agosto de 2013, el MOP modificó las características de las obras y servicios del contrato de concesión, en el sentido que "Ruta del Maipo Sociedad Concesionaria S.A." debió desarrollar el estudio denominado "PID Terceras Pistas Ruta 5 Sur, Tramos I y III". Se deja constancia que dicho estudio fue aprobado por el Inspector Fiscal mediante Oficio Ord. N° 11237, de fecha 16 de febrero de 2016.

  8. Que, mediante Memorándum N° 006, de fecha 25 de enero de 2017, el Jefe de la Unidad de Mejoramiento de la Coordinación de Concesiones de Obras Públicas solicitó a la Jefa de la Unidad de Medio Ambiente y Territorio de la Coordinación de Concesiones su pronunciamiento respecto de si los proyectos referidos en dicho memorándum tienen implicancias medioambientales y si, por ello, deben ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

  9. Que, mediante Ofi Ord. N° 003, de fecha 25 de enero de 2017, el Jefe de la Unidad de Mejoramiento de la Coordinación de Concesiones de Obras Públicas solicitó a la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito ratificar favorablemente que las obras listadas en dicho oficio responden a las necesidades de seguridad.

  10. Que, mediante Oficio Ord. CONASET N° 22, de fecha 31 de enero de 2017, la Secretaria Ejecutiva de la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito informó al Jefe de la Unidad de Mejoramiento de la Coordinación de Concesiones de Obras Públicas su pronunciamiento favorable respecto de las obras indicadas en el referido oficio.

  11. Que, mediante Memorándum N° 0112, de fecha 13 de marzo de 2017, la Jefa de la Unidad de Medio Ambiente y Territorio de la Coordinación de Concesiones de Obras Públicas informó al Jefe de la Unidad de Mejoramiento de la Coordinación de Concesiones de Obras Públicas las implicancias ambientales a considerar para cada una de las obras indicadas en el referido memorándum.

  12. Que, mediante Oficio Ord. N° 059, de fecha 25 de mayo de 2017, el Jefe de la División de Explotación de Obras Concesionadas (S), envió al Jefe de la División de Evaluación Social de Inversiones del Ministerio de Desarrollo Social para su revisión y pronunciamiento, un Informe Técnico con el Análisis de Pre Inversión de obras que forman parte del Plan de Nuevas Inversiones en el contrato de concesión.

  13. Que, mediante Oficio Ord. N° 0105, de fecha 1 de septiembre de 2017, el Jefe de la División de Explotación de Obras Concesionadas, envió al Jefe de la División de Evaluación Social de Inversiones del Ministerio de Desarrollo Social para su revisión y pronunciamiento, una minuta explicativa sobre la modificación en los montos de los estudios de ingeniería de la obra Enlace Definitivo a Pirque correspondiente a las obras del tipo Servicialidad del...

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