Decreto 1005 - MODIFICA ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES, PERMISOS, CONCESIONES Y SERVICIOS
Emisor | MUNICIPALIDAD DE PELARCO |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES, PERMISOS, CONCESIONES Y SERVICIOS
Núm. 1.005.- Pelarco, 30 de diciembre de 2009.- Vistos:
-
- Decreto alcaldicio Nº 410 de fecha 3 de diciembre del año 1999 que dicta Ordenanza Municipal.
-
- Decreto alcaldicio Nº 380 de fecha 30 de octubre del año 2002, que modifica año Nº11 de la Ordenanza vigente a la fecha.
-
- El acuerdo del Honorable Concejo Municipal en Sesión Ordinaria Nº 31 de fecha 7/Oct/2009.
-
- Las facultades de la ley,
Decreto:
Apruébase Ordenanza Municipal de Pelarco y sus modificaciones.
La presente Ordenanza tiene por objeto regular el monto y cobro de los derechos municipales que deben cancelar las personas naturales o jurídicas, sean de derecho público o privado por permisos, concesiones y servicios que obtengan de la Municipalidad de Pelarco.
Cada Departamento municipal confeccionará la liquidación de derechos que preceda según se establece en esta ordenanza y los pagos deberán enterarse en la Tesorería Municipal en el plazo que fije la Municipalidad.
Cuando por cualquier causa corresponda devolver todo o parte de algún derecho municipal, ello deberá ordenarse por decreto alcaldicio, previo informe del departamento respectivo.
Copia del decreto de devolución indicado, se transcribirá al departamento correspondiente para su anotación en los libros y registros respectivos.
Los contribuyentes que por cualquier causa cesen en el ejercicio de la actividad lucrativa que desarrollen después de pagada la patente, no tendrán derecho a reembolso por el tiempo que le faltare, para enterar el periodo pagado.
El otorgamiento de permisos para el ejercicio de actividades lucrativas, pagarán los siguientes derechos:
-
- Certificados emitidos por Tesorería 0.055 UTM
-
- Comercio ambulante peatonal, por día 0.040 UTM
-
- Comercio ambulante motorizado, por día 0.10 UTM
-
- Letreros luminosos por m², semestral 0.14 UTM
-
- Letreros no luminosos por m², semestral 0.12 UTM
-
- Propaganda utilidad pública por m²,
semestral 0.30 UTM
-
- Altoparlante para propaganda, diario 0.16 UTM
-
- Lienzos con propaganda por día c/u 0.053 UTM
-
- Venta de diarios y revistas, mensual 0.11 UTM
-
- Comercio ambulante peatonal, mensual 0.50 UTM
-
- Comercio ambulante motorizado, mensual 0.60 UTM
-
- Permiso provisorio de funcionamiento
de negocio, mensual 0.15 UTM
-
- Permiso venta de flores estacionado,
diario 0.040 UTM
-
- Permiso venta de flores estacionado
vehicular, diario 0.080 UTM
-
- Carro estacionado en la vía pública
mensual con venta de artículos
de paquetería 0.53 UTM
-
- Carros estacionados en la vía pública
con ventas de confites, cabritas,
algodones y otro, mensual 0.30 UTM
-
- Bailes con venta de bebidas alcohólicas
por día a instituciones 0.53 UTM
-
- Baile con venta de bebidas alcohólicas
por día, personas naturales 1.20 UTM
-
- Permisos a grandes tiendas comerciales
y empresas por instalarse a
efectuar ventas en la comuna, por día 1.50 UTM
-
- Permisos especiales por día remate de
especies, exposiciones y otros 1.05 UTM
-
- Derechos no contemplados 0.11 UTM
Los permisos no contemplados en el artículo anterior pagarán los siguientes derechos:
-
- Feria libre por día 0.070 UTM
-
- Registro de marcas de animales 0.22 UTM
-
- Venta de guías de libre tránsito,
cada una 0.0040 UTM
-
- Shows, espectáculos artísticos y otros
afines en recinto fiscal o
municipal, por día, con fines de lucro 2.00 UTM
-
- Destrozos de árboles ornamentales en la
comuna serán sancionados
con una multa y la reposición de 4 árboles
por especie dañada, los que
serán fijados por el Depto. Obras. 1 a 3 UTM
El otorgamiento de permisos para ejercer el ejercicio temporal de actividades, pagará los siguientes derechos cuando ocupa bienes nacionales de uso público:
-
- Funcionamiento de circos incluido derecho de
piso, por día 0.5 UTM
-
- Frutas y verduras de temporada, por mes 0.30 UTM
-
- Carreras deportivas, torneos por día
galgos y caballos De 0.5 a 2 UTM
-
- Ferias artesanales, juguetes, etc.
Mensual o fracción incluido el
derecho de venta 0.53 UTM
-
- Permisos especiales, mensual 1.05 UTM
-
- Juegos entretenciones diario, incluido
derecho de funcionamiento 0.070 UTM
Para el funcionamiento de juegos de entretenciones y circos, el municipio exigirá un certificado de seguridad ante notario, otorgado por un profesional y V°B° de la junta de vecinos respectiva.
Los servicios de custodia de vehículos abandonados en la vía pública, retenidos por cualquier causa o por otros motivos que lleguen a los recintos municipales, pagarán diario los siguientes derechos:
-
- Buses y microbuses 0.042 UTM
-
- Camiones o camionetas sobre 1.500 Kgr. 0.035 UTM
-
- Autos, station wagon y camionetas
hasta 1.500 Kgr. 0.032 UTM
-
- Motonetas, motocicletas y bicimotos 0.011 UTM
-
- Bicicletas, triciclos, carretones o
similares 0.0053 UTM
Los servicios por derecho de concesiones de inmuebles municipales o pisos, por uso en espacios en la vía pública son los siguientes:
-
- Inmuebles municipales anual mínimo 1.00 UTM
-
- Kioscos ubicados en calles de la comuna,
mensual 0.08 UTM
-
- Kioscos exclusivos venta de diarios, revistas,
mensual 0.06 UTM
-
- Por uso de Salón Municipal, por día 0.50 UTM
-
- Concesión o arriendo de inmuebles
municipales, por día.
A.- Gimnasio Municipal
-
- Uso diurno particulares hasta las 20:00 hrs. horario de verano y
17:00 hrs. en invierno, sin iluminación
con fines deportivos, de lunes
a sábados, valor hora, hasta 0.14 UTM
-
- Uso nocturno particulares de lunes a
sábados con iluminación, valor
hora, hasta 0.20 UTM
-
- Uso nocturno particulares domingos y
festivos con iluminación, valor
hora, hasta 0.25 UTM
-
- Uso particulares para bingo y similares
sin venta de bebidas alcohólicas,
horario de 20:00 hrs. a 3:00 hrs., por
día de funcionamiento, hasta 0.7 UTM
-
- Shows artísticos y recitales. Con
afluencia de público en jornada de
20:00 hrs. a 3:00 hrs. por día de
funcionamiento, hasta 6.00 UTM
B.- Estadio Municipal
-
- Uso Particulares:
a.- Eventos deportivos en días martes a domingo, valor por una hora,
sin iluminación, hasta...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba