Decreto 160 - MODIFICA CONCESION DE SERVICIO PUBLICO DE TELEFONIA MOVIL CELULAR A LA EMPRESA TELEFONICA MOVIL DE CHILE S.A.
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA CONCESION DE SERVICIO PUBLICO DE TELEFONIA
MOVIL A LA EMPRESA TELEFONICA MOVIL DE CHILE S.A.
Santiago, 17 de febrero de 2003.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 160.- Vistos:
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El decreto ley Nº1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
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La ley Nº18.168, Ley General de Telecomunicaciones.
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La resolución Nº 55, de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por resolución Nº 520, de 1996, ambas de la Contraloría General de la República.
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La resolución exenta Nº308, de 2000, modificada por la resolución exenta Nº81, del 2001, ambas de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que destina las Bandas de Frecuencias 1.865 - 1.870 MHz; 1.885 - 1.895 MHz; 1.945 - 1.950 MHz. y 1.965 - 1.975 MHz al servicio público de telefonía móvil.
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El decreto supremo Nº658 de 2002, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión.
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La resolución exenta Nº128 de 2003, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que autorizó provisoriamente la modificación de concesión.
Considerando:
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Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº37.396, de 28.11.2002.
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Que no se presentaron oposiciones a la publicación del extracto de la solicitud de modificación de concesión,
D e c r e t o:
Modifícase la concesión de servicio público de telefonía móvil, en las bandas de frecuencias 1.865 - 1.870 MHz; 1.885 - 1.895 MHz; 1.945 - 1.950 MHz. y 1.965 - 1.975 MHz., otorgada a la empresa Telefónica Móvil de Chile S.A., R.U.T. Nº 96.786.140-5, con domicilio en calle Miraflores Nº130, piso 13, comuna de Santiago, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
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Autorízase a la concesionaria para:
1.1 Instalar, operar y explotar un nuevo Centro de Conmutación Móvil:
CARACTERISTICAS TECNICAS DEL CCM
Nombre BSC Dirección, Comuna Reg. Regiones
que atiende
MSC STG San Martín Nº48, 13 I a VII, XII y
Santiago Metropolitana
1.2 Eliminar los Centros de Conmutación Móvil denominados MSC ATF; MSC STG; MSC COY y MSC PTA, autorizados por decreto supremo Nº 658 de 2002, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Las Estaciones Base de las Regiones VIII a XI, serán atendidas por el centro MSC TCO.
1.3 Instalar, operar y explotar una Estación Base, cuyas características técnicas se indican a continuación:
CARACTERISTICAS TECNICAS DE LAS ESTACIONES BASE
Bandas de Tipo de...
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