Decreto núm. 18, publicado el 30 de Enero de 1990. MODIFICA ORDENANZA QUE INDICA - MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 471063854

Decreto núm. 18, publicado el 30 de Enero de 1990. MODIFICA ORDENANZA QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO
Rango de LeyDecreto

MODIFICA ORDENANZA QUE INDICA

Núm. 18.- Santo Domingo, 22 de Enero de 1990.- Vistos: Los antecedentes:

  1. - La necesidad de modificar la Ordenanza Municipal, Decreto Alcaldicio No. 216 de 27 de Diciembre de 1983;

  2. - Lo dispuesto en Artc. No. 6° Transitorio 42 y 43 del DL No. 3.063 de 1979, Ley de Rentas Municipales;

  3. - El acuerdo tomado por el Consejo de Desarrollo Comunal en su Vigésima sesión del día 20 de Enero de 1990;

  4. - La Res. Exenta No. 84 de 28 de Septiembre de 1989 de la Intendencia Regional Valparaíso, por la cual "El Corede" nombre Alcaldesa de la I. Municipalidad de Santo Domingo a la Sra. Jenny Harris Flores;

  5. - Lo dispuesto por la Ley No. 18.695-88, del Ministerio del Interior, Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades en sus Artc. N°s. 5°; 10°; 12°; 47°; 55° y 78° 6°.- Considerando la necesidad de introducir algunas modificaciones a la Ordenanza mencionada, a objeto de adecuarla a la necesidad de la Comuna;

Decreto

Primero: Modifícase el Artc. No. 4° del Título II: Departamento Aseo y Ornato en las siguientes letras:

  1. Letra a), Sustitúyese 1% UTM por 5% UTM.

  2. Letra d) Sustitúyese 30% UTM por 35% UTM.

  3. Letra e) Sustitúyese 0,2% UTM por 0,5% UTM.

    Segundo: Modifícase en la forma y términos señalados en las Letras del Artículo 6° del Título III de la Dirección del Tránsito:

  4. Letra c), Licencias de conductor con una o varias de las siguientes Clases autorizadas: A-1; a-2 B y C, sin perjuicio del valor del documento $ 4.510.-

  5. Letra f) - Licencias de Conductores Clase "E" $ 720.-

    - Control cada 6 meses para Licencias Clase "E" 25% UTM

  6. Letra h), Agrégase la frase: y Licencia Clase "C" en otras licencias.

  7. Letra k), Sustitúyese por : Prohíbese el ingreso de buses o camiones con excursionistas al sector playas de Santo Domingo, consideradas como tales:

    Playa Norte, Playa Sur, Playa de los Enamorados y Playa Marbella.

  8. Letra l), Sustitúyese 10% UTM por 50% UTM

  9. Suprímese la letra m)

    Tercero: Modifícase el Art. No. 8° del Título IV Dirección de Obras Municipales en lo que sigue:

  10. Letra j), Agrégase por metro cuadrado diario.

  11. Letra m), Sustitúyese 16% UTM por 50% UTM.

  12. Agrégase letra v), Suprímase las tasas sobre los derechos de construcción y de urbanización para todas las coorporaciones de derecho privado sin fines de lucro y organismos de beneficencia cuyas obras signifiquen desarrollo educacional, cultural, deportivo, social y asistencial de la comuna.

    Cuarto: Modifícase los Arts. del Título V del...

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