Decreto núm. 95, publicado el 13 de Mayo de 2009. MODIFICA DECRETO N° 358, DE 2001, MODIFICADO POR DECRETO N° 193, DE 2006 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469971146

Decreto núm. 95, publicado el 13 de Mayo de 2009. MODIFICA DECRETO N° 358, DE 2001, MODIFICADO POR DECRETO N° 193, DE 2006

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyDecreto

MODIFICA DECRETO N° 358, DE 2001, MODIFICADO POR DECRETO N° 193, DE 2006

Núm. 95.- Santiago, 26 de marzo de 2009.- Considerando:

Que el Programa del Supremo Gobierno 2006-2010 considera a la educación como base de las oportunidades de integración social, y contempla el fortalecimiento de las carreras pedagógicas, dando especial énfasis en que los estudiantes y profesionales del país dominen un idioma extranjero, especialmente el inglés, tiene contemplado desde la enseñanza básica hasta la superior, entregar las herramientas y recursos necesarios para ello.

Que el Ministerio de Educación es la Secretaría de Estado encargada de dictar las políticas educacionales, por lo que ha estimado pertinente modificar el artículo segundo del decreto supremo N° 358, de 2001, que fijó el texto refundido del decreto supremo N° 757, de 1998, que aprueba criterios y procedimientos para la asignación de becas para estudiantes destacados de pedagogía, en los términos que señala, y

Visto: Lo dispuesto en los artículos 32° N° 6° y 35°, de la Constitución Política de la República de Chile; ley 18.956, artículos , y ; la ley N° 20.314, de 2008, de Presupuestos del Sector Público para el año 2009, Partida 09, Capítulo 01, Programa 04, Subtítulo 24, Ítem 03, Asignación 517, Glosa 10; decreto de Educación N° 221, de 2007, que modifica el decreto de Educación N° 81, de 2004; decreto de Educación N° 358, de 2001, modificado por el decreto de Educación N° 193, de 2006; y resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República,

Decreto:

Artículo único

Modifícase el artículo segundo del decreto supremo de Educación N° 358, de 2001, modificado por el decreto supremo N° 193, de 2006, de Educación, en la forma que se indica:

  1. - Sustitúyese el actual artículo 19°, por el siguiente:

Artículo 19°

Los alumnos seleccionados para realizar la pasantía en el exterior a partir del año 2009, serán acreedores de los siguientes beneficios:

  1. Un pasaje de ida, en clase económica, desde Santiago, hasta la ciudad donde corresponda que el alumno inicie su programa de estudio en el país de destino, y un pasaje de retorno a Chile, en clase económica, al término de dicho programa.

  2. Asignación de manutención mensual para el becario, por un máximo de hasta 6 meses, desde el inicio del programa de estudios, correspondiente al país y ciudad de destino.

    Los valores de la asignación de manutención mensual que otorga la...

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