Decreto 174 - MODIFICA DECRETO QUE INDICA - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 241362782

Decreto 174 - MODIFICA DECRETO QUE INDICA

EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA DECRETO QUE INDICA

Núm. 174.- Santiago, 24 de Noviembre de 2006.- Vistos: Lo dispuesto en las leyes Nºs 18.502, 18.059, 18.290 artículo 56º y 18.696 artículos 3º y 4º, el D.S. 156/90 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y demás normas que resulten aplicables.

Considerando: Que, con el objeto de homogeneizar la normativa de antigüedad necesaria para realizar la adaptación para usar gas natural comprimido en taxis a nivel nacional, resulta necesario actualizar la normativa contenida actualmente en el Decreto Supremo Nº 55 de 1998, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

Decreto:

Modifícase el Decreto Supremo N° 55, de 1998, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, en lo siguiente:

Reemplázase los incisos primero, segundo y tercero del artículo 1º bis por los siguientes:

"Asimismo, autorízase la circulación de vehículos motorizados livianos que presten servicios de taxi y comerciales livianos y medianos, definidos por los Decretos Supremos Nº 211, de 1991 y Nª54, de 1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, en adelante MTT, cuyos motores hayan sido adaptados para utilizar GNC o GLP como combustible, siempre que su antigüedad no exceda de dos años, y que su adaptación para el modelo o tipo de vehículo de que se trate, haya sido certificada por el Centro de Control y Certificación Vehicular (3CV) en un vehículo nuevo. Respecto de cada vehículos en particular, deberá certificarse en las Plantas de Revisión Técnica, del Decreto Supremo Nº 156/90 del MTT, que dispongan de equipos automáticos de medición, de control centralizado de información y de emisión de certificados, que su adaptación especial para GNC o GLP corresponde a aquella que fue certificada por el 3CV. En las Regiones en que no existan Plantas de las características señaladas, podrán otorgar el certificado las Plantas de Revisión Técnica que se encuentren autorizadas al efecto en...

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