Decreto núm. 55, publicado el 30 de Abril de 1990. MODIFICA DECRETO No. 50, DE 1986 - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470940386

Decreto núm. 55, publicado el 30 de Abril de 1990. MODIFICA DECRETO No. 50, DE 1986

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA DECRETO No. 50, DE 1986

Santiago, 28 de Febrero de 1990.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 55.- Vistos:

  1. La Ley No. 18.168, de 1982, modificada por las leyes No.

    18.482, de 1985, No. 18.591 y No. 18.681, ambas de 1987, No.

    18.838, de 1989 y por el DFL No. 1, de 1987, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

  2. El decreto ley No. 1.762, de 1977.

  3. El artículo 1° de la Ley No. 16.436.

  4. El No. 2, letra b), del párrafo II de la resolución No.

    1.050, de 1980, de la Contraloría General de la República.

  5. Los decreto supremos No. 202, de 1982, y No. 50, de 1986, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

    Considerando:

  6. Lo solicitado por la interesada.

  7. Lo propuesto por la Subsecretaria de Telecomunicaciones por oficio Ord. No. 31.046, de 28.02.90.

    Decreto:

    1. Modifícase el decreto supremo No. 50, de 1986, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que modificó a su vez, el decreto supremo No. 202, de 1982, del mismo Ministerio, mediante el cual se otorgó y renovó concesión de servicio público telefónico a la Compañía de Teléfonos de Chile S.A., RUT No. 90.635.000-9, en adelante la concesionaria, en el sentido de otorgar una prórroga del plazo para iniciar el servicio con el Centro Local - Primario Los Angeles II y, adicionalmente, autorizar el aumento de la capacidad final de líneas del referido Centro, en la forma que más adelante se indica.

    2. Apruébase el Proyecto Técnico base de la solicitud (SP-89/19), presentado por la concesionaria. Los antecedentes quedarán archivados en la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

    3. Otórgase a la concesionaria un nuevo plazo de 18 meses para iniciar el servicio con el Centro Local - Primario Los Angeles II, el cual comienza a regir a contar de la fecha en que expira el plazo original, definido en el decreto supremo No. 50, de 1986, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Adicionalmente, se autoriza a la concesionaria para aumentar a 15.000 líneas, la capacidad final del Centro, antes referido.

    4. La presente modificación. de concesión se otorga sin perjuicio del derecho de terceros legalmente adquirido, en conformidad a lo dispuesto en la Ley General de Telecomunicaciones y con sujeción a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes o que se dicten en el futuro sobre la materia.

    5. La construcción de las obras deberá ejecutarse con sujeción estricta al proyecto aprobado, en conformidad a las leyes...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR