Decreto 147 - MODIFICA DECRETO Nº 38, DE 2003 - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 379402770

Decreto 147 - MODIFICA DECRETO Nº 38, DE 2003

EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor 2 de Julio de 2012

MODIFICA DECRETO Nº 38, DE 2003

Núm. 147.- Santiago, 10 de agosto de 2011.- Visto: lo dispuesto en el artículo 32º Nº 6 de la Constitución Política de la República; la ley Nº 19.831; los decretos supremos Nos 38 de 1992 y 38 de 2003, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes, y demás normativa aplicable.

Considerando: Que, resulta necesario actualizar la normativa contenida en el decreto supremo Nº 38, de 2003, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes, que "Crea y Reglamenta el Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares", en orden a disponer de mayor información vinculada con los servicios.

Decreto:

Artículo único

Modifícase el decreto supremo Nº 38, de 2003, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes, en los siguientes términos:

  1. - En el artículo 3º, inciso primero, intercálase una nueva letra d) del tenor que se señala, pasando las actuales letras d) y e), a denominarse e) y f), respectivamente:

    "d) Antecedentes de adultos acompañantes del conductor a que se refiere el artículo 3º del decreto supremo Nº 38, de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes, para el caso en que se transporte a niños de niveles educacionales prebásicos en cantidad superior a cinco: nombres, apellidos, cédula nacional de identidad y domicilio;";

  2. - En el artículo 3º, inciso tercero, después del punto aparte (.) que pasa a ser punto seguido (.), agrégase la expresión "Tratándose de los adultos acompañantes a que se refiere la letra d) anterior, se deberá adjuntar original del señalado certificado de antecedentes para fines especiales.";

  3. - En el artículo 4º, letra a), suprímese la expresión "y de su representante legal en el caso de personas jurídicas";

  4. - En el artículo 4º, letra b), después de la expresión "Patente única", agrégase un punto y coma (;) y suprímese lo que sigue a dicha expresión;

  5. - En el artículo 4º, letra c), reemplázase la coma (,) por un punto y coma (;) y suprímese la conjunción "y";

  6. - En el artículo 4º, reemplázase la letra d), por la siguiente:

    "d) Nombre y...

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