Decreto Ley N° 1.298, del 23 de Diciembre de 1975, crea Sistema de Pronósticos Deportivos.
Emisor | MINISTERIO DE HACIENDA |
Rango de Ley | Decreto Ley |
CREA SISTEMA DE PRONOSTICOS DEPORTIVOS
Núm. 1.298.- Santiago, 23 de Diciembre de 1975.-
Vistos: lo dispuesto en los decretos leyes N.os 1 y 128, de 1973, y 527, de 1974, y
Considerando:
-
Que forma parte de la política de desarrollo del país, el fomento de las actividades de deporte y recreación;
-
Que se hace necesario arbitrar los medios para generar los recursos que permitan elevar el nivel de desarrollo deportivo y que éste llegue a todos los sectores de la población en forma adecuada y suficiente, y
-
Que tomando como base la organización y experiencia de la Polla Chilena de Beneficencia, se ha estimado conveniente implantar un Sistema de Pronósticos y Apuestas relacionados con competencias deportivas a través de la cual puedan obtenerse los recursos necesarios para fomentar el desarrollo masivo del deporte en todo el país;
La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente
Decreto ley:
Créase un Sistema de Pronósticos y Apuestas relacionado con competencias deportivas, que se regirá por las disposiciones que a continuación se indican.
Las competencias o eventos deportivos que servirán de base a los concursos del Sistema, serán seleccionados por Polla Chilena de Beneficencia S.A. para cada concurso, pudiendo efectuarse sobre la base de competencias y eventos de fútbol, ya sean nacionales o internacionales; y respecto a una o más competencias o eventos deportivos nacionales o internacionales, individuales o por equipos, referidos a uno o más deportes olímpicos oficialmente reconocidos por el Comité Olímpico Internacional; y a las competiciones automovilísticas.
La Empresa del Estado Polla Chilena de Beneficencia tendrá a su cargo la organización, administración, operación y control de este Sistema.
Los actos que se ejecuten en uso de las facultades a que se refiere el inciso anterior, serán fiscalizados por la Contraloría General de la República.
Cada concurso podrá implementarse de acuerdo a las siguientes modalidades de apuestas y premiación, en forma conjunta o separada, según determine Polla Chilena de Beneficencia S.A. de conformidad al Reglamento:
-
Apuestas con premios de pozo variable: Son aquellas en que los premios son determinados de acuerdo a los ingresos provenientes de las ventas del respectivo concurso, y
-
Apuestas con premios predeterminados: Son aquellas en que los premios se fijan por Polla Chilena de Beneficencia S.A. con antelación al o los eventos respectivos que sirvan de base al concurso.
Los ingresos brutos que produzca cada concurso del Sistema, se destinarán:
-
Al pago del impuesto de exclusivo beneficio fiscal con una tasa de 15%, que se aplicará sobre el precio de venta al público, sin considerar el impuesto, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 2º de la ley Nº 18.110;
-
Entre un 45% y un 55% para premios. El porcentaje destinado a premios será fijado y podrá ser modificado por el Ministerio de Hacienda, dentro del rango establecido precedentemente, mediante decreto supremo.
Los premios se asignarán y pagarán en la forma que establezca Polla Chilena de Beneficencia S.A., con cargo al porcentaje destinado a premios fijado de la manera señalada en el inciso precedente;
-
Un 12% para el Instituto Nacional de Deportes de Chile, con el objeto de financiar, exclusivamente, el fomento, desarrollo y actividades relacionadas con el deporte y la recreación de conformidad con la ley Nº 19.712. Polla Chilena de Beneficencia S.A. entregará dentro de los 12 primeros días del mes siguiente...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba