Decreto Ley núm. 443, publicado el 07 de Mayo de 1974. MODIFICA ARTICULO 1° DEL DECRETO LEY N° 249, DE 1974 - MINISTERIO DE ECONOMÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470840926

Decreto Ley núm. 443, publicado el 07 de Mayo de 1974. MODIFICA ARTICULO 1° DEL DECRETO LEY N° 249, DE 1974

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA
Rango de LeyDecreto Ley

MODIFICA ARTICULO 1° DEL DECRETO LEY N° 249, DE 1974

Núm. 443.- Santiago, 22 de Abril de 1974.- Vistos: lo dispuesto en el decreto ley N° 1, de 11 de Septiembre de 1973, y el decreto ley N° 211, de 7 de Diciembre del mismo año, públicado en el Diario Oficial de 22 de Diciembre último, la Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente

Decreto ley:

Artículo primero

Modifícase el artículo 1° del decreto ley N° 249, de 5 de Enero de 1974, incorporando a contar del 1° de Enero de 1974, a la Fiscalía para la Defensa de la Libre Competencia creada por el decreto ley N° 211, de 22 de Diciembre de 1973.

Artículo segundo

Fíjase para los trabajadores de la Fiscalía para la Defensa de la Libre Competencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica:

--------------------------------------------------------

Nombre del Cargo Grado de la

Escala Unica

--------------------------------------------------------

PLANTA DIRECTIVA, PROFESIONAL Y TECNICA

Fiscal, Jefe del Servicio 1ª Cat. 3

Secretario General Abogado 2ª Cat. 5

Abogados, con 3 años de

experiencia y especialización

en materias económicas 3ª Cat. 6

El o los cargos de Abogados de grado 6 se transformarán en grado 7 a medida que vayan quedando vacantes.

PLANTA ADMINISTRATIVA

Oficiales con 5 años de experiencia en alguna especialización en comercio, derecho, contabilidad o materias económicas, o 10 años de experiencia administrativa si no contare con especialización 19

Regístrese en la Contraloría General...

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