Decreto con Fuerza de Ley núm. 1, publicado el 25 de Abril de 2016. FIJA PLANTA DE PERSONAL DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE HACIENDA |
Rango de Ley | Decreto con Fuerza de Ley |
FIJA PLANTA DE PERSONAL DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
DFL Núm. 1.- Santiago, 6 de enero de 2016.
Vistos:
Lo dispuesto en el artículo 64 de la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo N° 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, y las facultades que me confiere el artículo primero transitorio de la ley N° 20.853, dicto el siguiente:
Decreto con fuerza de ley:
Fíjanse las siguientes plantas de personal del Servicio de Impuestos Internos, que se indican a continuación:
Establécense los siguientes requisitos para el ingreso y promoción a las plantas y cargos que se indican, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 1° y 3° de la ley N° 20.853, según corresponda:
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- DIRECTIVOS
1.1.- Director-Jefe Superior de Servicio.
Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocidos por éste y acreditar una experiencia profesional no inferior a 5 años.
1.2.- Directivos de Exclusiva Confianza: Grados 2 al 5
Alternativamente:
i.- Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste, o aquellos títulos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente, o
ii.- Haber estado desempeñando, a la fecha de publicación de la ley N° 19.041, cargos de exclusiva confianza en el Servicio de Impuestos Internos.
1.3.- Directivos de Carrera Afectos al artículo 8° del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo:
Grados 5 al 9:
Alternativamente:
i.- Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste, o aquellos títulos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente, o
ii.- Haber estado desempeñando, a la fecha de publicación de la ley N° 19.041, cargos de exclusiva confianza en el Servicio de Impuestos Internos.
Grados 10 al 12:
Alternativamente:
i.- Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste, o aquellos títulos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente, o
ii.- Título de Técnico de Nivel Superior otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste.
1.4.- Directivos de Carrera: Grados 13 al 18
Respecto de estos cargos se aplicarán los requisitos dispuestos para Directivos en el artículo 2° del decreto con fuerza de ley N° 8, de 2009, del Ministerio de Hacienda, que modifica la planta de personal del Servicio de Impuestos Internos, encasillando al personal que señala de la planta transitoria adscrita a la Subsecretaría de Hacienda.
Los cargos de directivo grados 16°, 15° y 18° se suprimirán cuando queden vacantes por cualquier causal. El cargo grado 13° se proveerá de acuerdo a la normativa vigente y se suprimirá una vez que quede vacante por cualquier causal después de dicha provisión.
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- PROFESIONALES
Grados 5 al 16: Título profesional de una carrera de, al menos, 8 semestres de duración otorgado por...
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