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Decreto con Fuerza de Ley núm. 1, publicado el 25 de Abril de 2016. FIJA PLANTA DE PERSONAL DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto con Fuerza de Ley

FIJA PLANTA DE PERSONAL DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS

DFL Núm. 1.- Santiago, 6 de enero de 2016.

Vistos:

Lo dispuesto en el artículo 64 de la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo N° 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, y las facultades que me confiere el artículo primero transitorio de la ley N° 20.853, dicto el siguiente:

Decreto con fuerza de ley:

Artículo 1°

Fíjanse las siguientes plantas de personal del Servicio de Impuestos Internos, que se indican a continuación:

Artículo 2°

Establécense los siguientes requisitos para el ingreso y promoción a las plantas y cargos que se indican, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos y de la ley N° 20.853, según corresponda:

  1. - DIRECTIVOS

    1.1.- Director-Jefe Superior de Servicio.

    Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocidos por éste y acreditar una experiencia profesional no inferior a 5 años.

    1.2.- Directivos de Exclusiva Confianza: Grados 2 al 5

    Alternativamente:

    i.- Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste, o aquellos títulos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente, o

    ii.- Haber estado desempeñando, a la fecha de publicación de la ley N° 19.041, cargos de exclusiva confianza en el Servicio de Impuestos Internos.

    1.3.- Directivos de Carrera Afectos al artículo 8° del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo:

    Grados 5 al 9:

    Alternativamente:

    i.- Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste, o aquellos títulos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente, o

    ii.- Haber estado desempeñando, a la fecha de publicación de la ley N° 19.041, cargos de exclusiva confianza en el Servicio de Impuestos Internos.

    Grados 10 al 12:

    Alternativamente:

    i.- Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste, o aquellos títulos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente, o

    ii.- Título de Técnico de Nivel Superior otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste.

    1.4.- Directivos de Carrera: Grados 13 al 18

    Respecto de estos cargos se aplicarán los requisitos dispuestos para Directivos en el artículo 2° del decreto con fuerza de ley N° 8, de 2009, del Ministerio de Hacienda, que modifica la planta de personal del Servicio de Impuestos Internos, encasillando al personal que señala de la planta transitoria adscrita a la Subsecretaría de Hacienda.

    Los cargos de directivo grados 16°, 15° y 18° se suprimirán cuando queden vacantes por cualquier causal. El cargo grado 13° se proveerá de acuerdo a la normativa vigente y se suprimirá una vez que quede vacante por cualquier causal después de dicha provisión.

  2. - PROFESIONALES

    Grados 5 al 16: Título profesional de una carrera de, al menos, 8 semestres de duración otorgado por...

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