Decreto núm. 11, publicado el 31 de Diciembre de 1976. FIJA ATRIBUCIONES DE LA SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO |
Rango de Ley | Decreto |
FIJA ATRIBUCIONES DE LA SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
Núm. 11.- Santiago, 30 de Noviembre de 1976.- Vistos: Lo establecido en el artículo 2° transitorio del decreto ley 1.385, de 1976, y en el decreto ley 1.601, de 1976,
Decreto:
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Servir de Secretaría del Gobierno y del Consejo de Gabinete;
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Ejercer la rectoría superior del Sistema de Comunicaciones Sociales del Estado;
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Ejercer las labores de coordinación que le encomiende el Presidente de la República;
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Facilitar la comunicación entre gobernantes y gobernados.
La Secretaría General de Gobierno estará integrada por el Ministro y su Gabinete, la Subsecretaría y la Oficina de Planificación. A su vez la Subsecretaría estará integrada por las Divisiones de Comunicación Social y de Organizaciones Civiles, y los Departamento de Coordinación y Administrativo.
Dependerán directamente del Ministro Secretario General de Gobierno, su Gabinete y la Asesoría Jurídica.
El Secretario General de Gobierno, en su calidad de Ministro de Estado, tendrá las atribuciones que en tal carácter le corresponden y la dirección superior del Ministerio, y en especial, deberá formular las políticas, dictar normas y evaluar las acciones que deban ejecutar las diversas dependencias de la Secretaría General de Gobierno.
La Subsecretaría es el organismo de colaboración del Ministro; estará a cargo del Subsecretario quien será el ejecutor de las resoluciones de aquél.
Sus deberes y atribuciones son las que la ley señala para los Subsecretarios.
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Asesorar al Ministro y al Subsecretario en los asuntos de carácter jurídico, sistematizar normas y absolver las consultas de carácter legal que le sean formuladas;
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Revisar e informar los sumarios administrativos que se instruyan por orden del Ministro o del Secretario, cuando éstos soliciten la opinión de la Asesoría Jurídica;
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Redactar y patrocinar las denuncias y querellas que el Ministro o los funcionarios de la Secretaría General de Gobierno deban formular ante los Tribunales de Justicia, y
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Cumplir las funciones y ejercer las atribuciones que el Ministro le encomiende o delegue.
A la Oficina de Planificación le corresponderá proporcionar el apoyo técnico que el Ministro requiera para la formulación de las políticas, planes y programas relacionados con las materias de la competencia de la Secretaría General de Gobierno y realizar los estudios que el Ministro le encomiende.
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Asesorar al Ministro Secretario General de Gobierno en la formulación de la política nacional de Comunicación Social;
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Dirigir, apoyar y controlar la acción de difusión de los medios de comunicación estatales;
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Proponer instrucciones generales de carácter obligatorio...
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