Decreto 758 EXENTO - PROMULGA ACUERDO Nº 112 DEL CONCEJO MUNICIPAL, DE 2002 - MUNICIPALIDAD DE ESTACION CENTRAL - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 242798198

Decreto 758 EXENTO - PROMULGA ACUERDO Nº 112 DEL CONCEJO MUNICIPAL, DE 2002

EmisorMUNICIPALIDAD DE ESTACION CENTRAL
Rango de LeyDecreto

PROMULGA ACUERDO Nº 112 DEL CONCEJO MUNICIPAL, DE 2002

Núm. 758 exento.- Estación Central, 27 de diciembre de 2002.- Vistos: Estos antecedentes; Acuerdo Nº 112 del Concejo Municipal de Estación Central de fecha 12.12.2002, notificación sesión ordinaria Nº 23/2002 de fecha 10.12.2002, proposición del señor Alcalde Nº 215 de fecha 12.12.2002, Síntesis Ord. 12 de la Comisión de Finanzas de fecha 11.12.2002, memorándum Nº 2201/782 de la Dirección de Administración y Finanzas de fecha 03.12.2002, antecedentes todos que rolan a fs. 8 y en virtud de las facultades que me confiere el artículo 63º de la ley 18.695/88, Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones posteriores,

D e c r e t o:

  1. Promúlgase el Acuerdo Nº 112 del Concejo Municipal de Estación Central, de fecha 12 de diciembre de 2002 mediante el cual se acordó aprobar modificaciones a la Ordenanza Nº 18 de Derechos Municipales, como sigue:

Donde dice Debe decir

Artículo 14

Nº 1 Artículo 14, Nº 1:

Sector I 600% UTM Sector I 300% UTM

Artículo 14

Nº 1 Artículo 14, Nº 1:

Sector II 300% UTM Sector II 150% UTM

Agréguense al artículo Nº 14, los siguientes numerales:

Nº 26.- Ambulante a domicilio por trimestre o fracción

de él 100% UTM

Nº 27.- Ambulante vía pública (confites, bebidas,

helados) 100% UTM por semestre o fracción

de él.

Nº 28.- Promoción y volantes, una promotora 25% UTM

por mes o fracción de mes, sin perjuicio del

derecho de B.N.U.P. y aseo.

Nº 29.- Ferias navideñas y similares 2% UTM por día

o fracción de día de funcionamiento, sin

perjuicio del derecho de B.N.U.P. y aseo.

Modifícase el artículo Nº 23 en la siguiente forma:

Donde dice: Debe decir:

Sector I 3,5 C.A.V. Sector I 3,5 C.A.V.

por m2/día + 0,5 C.A.V./m2/día

Sector II 2,5 C.A.V. Sector II 2,5 C.A.V.

por m2/día + 0,5 C.A.V./m2/día

  1. Apruébase la...

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