Decreto 371 EXENTO - ESTABLECE AREAS DE MANEJO Y EXPLOTACION DE RECURSOS BENTONICOS PARA LA X REGION - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 242091002

Decreto 371 EXENTO - ESTABLECE AREAS DE MANEJO Y EXPLOTACION DE RECURSOS BENTONICOS PARA LA X REGION

EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyDecreto

ESTABLECE AREAS DE MANEJO Y EXPLOTACION DE RECURSOS BENTONICOS PARA LA X REGION

Núm. 371 exento.- Santiago, 17 de mayo de 2004.- Visto: lo dispuesto en el artículo 32 Nº8 de la Constitución Política de la República; la ley Nº18.892, Ley General de Pesca y Acuicultura, y sus modificaciones, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el D.S. Nº430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; la ley Nº19.492; el D.F.L. Nº5 de 1983; los D.S. Nº355 de 1995, Nº506 y Nº744, ambos de 1999, Nº714 de 2000 y Nº38 de 2001, y los decretos exentos Nº223, Nº443, Nº601, Nº632, Nº700, Nº721, Nº886 y Nº934, de 2001, Nº158, Nº173, Nº210, Nº330, Nº338, Nº342, Nº525, Nº531, Nº594, Nº641, Nº919, Nº942, Nº965, Nº966, Nº967, Nº983, Nº1002 y Nº1076, de 2002, y Nº6, Nº163, Nº234, Nº337, Nº338, Nº361, Nº557, Nº589, Nº601, Nº663, Nº677, Nº772, Nº774 y Nº802, de 2003, Nº140, Nº144, Nº145, Nº146, Nº147 y Nº211, de 2004, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; los oficios Ord. Nº1459 de 2002, Nº1689 y Nº2150, ambos de 2003, todos de la Subsecretaría de Pesca; lo informado por el Departamento de Coordinación Pesquera de la Subsecretaría de Pesca en memoranda (DCP) Nº151 y Nº152, ambos de 17 de marzo de 2004; por el Consejo Zonal de Pesca de la X y XI Regiones mediante oficios Ord./Z4/Nº065, Ord./Z4/Nº357 y Ord./Z4/Nº389, todos de 2003; por la Subsecretaría de Marina mediante oficios S.S.M. Ord. Nº60251237 Int. de fecha 12 de marzo de 2004; el D.S. Nº19 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; y la resolución Nº520 de 1996 de la Contraloría General de la República;

Considerando:

Que el artículo 48 letra d) de la Ley General de Pesca y Acuicultura establece la facultad y el procedimiento para decretar áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos;

Que los informes técnicos de la Subsecretaría de Pesca y del Consejo Zonal de Pesca de la X y XI Regiones aprueban el establecimiento de áreas de manejo en los sectores denominados Llico Bajo Norte y Punta Misión, en la X Región.

Que mediante oficios de la División de Desarrollo Pesquero de la Subsecretaría de Pesca, citados en Visto, se requirió al Consejo Zonal de Pesca de la X y XI Regiones informe técnico para el establecimiento de las áreas anteriormente mencionadas, los que fueron evacuados mediante los oficios también indicados en Visto, aprobando la medida propuesta.

Que no obstante lo anterior, en...

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