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Decreto núm. 456, publicado el 02 de Octubre de 2014. EXCLUYE AL SÍNDICO DON MARCO ANTONIO SEPÚLVEDA AYALA DE LA TERCERA NÓMINA NACIONAL DE SÍNDICOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA
Rango de LeyDecreto

EXCLUYE AL SÍNDICO DON MARCO ANTONIO SEPÚLVEDA AYALA DE LA TERCERA NÓMINA NACIONAL DE SÍNDICOS

Santiago, 3 de junio de 2014.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 456.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 10 de la Constitución Política de la República; en la ley Nº 18.175, modificada por la ley Nº 20.004, e incorporada al Libro IV del Código de Comercio, con excepción de su Título II, por la ley Nº 20.080; el decreto Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar "por orden del Presidente de la República"; el decreto Nº 501, de 2005, del Ministerio de Justicia, que nombra e incluye a persona que se Indica en la Tercera Nómina Nacional de Síndicos; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; lo señalado en el oficio Nº 37, de 2014, de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento; y,

Considerando:

  1. - Que, por decreto Nº 501, de 2005, del Ministerio de Justicia, se nombró a don Marco Antonio Sepúlveda Ayala, RUN Nº 8.664.034-1, como Síndico Privado de Quiebras y se le incluyó en la Tercera Nómina Nacional de Síndicos, fijada por decreto Nº 1.071, de 1983, del Ministerio de Justicia.

  2. - Que, de acuerdo con lo informado por la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, mediante oficio Nº 37, de 7 de mayo de 2014, el Sr. Sepúlveda Ayala incurrió en una serie de irregularidades legales en la administración de la quiebra Inmobiliaria Los Jazmines S.A., que motivaron una solicitud de remoción presentada por la ex Superintendencia de Quiebras ante los tribunales de justicia.

  3. - Que, con fecha 24 de septiembre de 2012, el 15º Juzgado Civil de Santiago acogió la solicitud presentada por la Superintendenta de Quiebras, quien requirió la remoción del Sr. Sepúlveda Ayala como síndico de la quiebra señalada, resolución que fue ratificada por la Itma. Corte de Apelaciones de Santiago con fecha 13 de diciembre de 2013, las que se encuentran ejecutoriadas, según da cuenta la certificación emitida el día 19 de marzo de 2014.

  4. - Que, en atención a lo señalado precedentemente, los antecedentes acompañados y en la causal contemplada...

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