Decreto Ley 3653 - ESTABLECE PRECIO DE REFERENCIA DEL COBRE - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 248275606

Decreto Ley 3653 - ESTABLECE PRECIO DE REFERENCIA DEL COBRE

EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto Ley

ESTABLECE PRECIO DE REFERENCIA DEL COBRE

Núm. 3.653.- Santiago, 10 de Marzo de 1981.- Visto: lo dispuesto en los decretos leyes N°s 1 y 128, de 1973; Nº 527, de 1974; y Nº 991, de 1976, La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente

Decreto ley:

Artículo único

Los recursos adicionales que ingresen a rentas generales de la Nación tanto por impuestos a la renta y habitacional como por excedentes de las empresas públicas y que provienen de las empresas de la Gran Minería del Cobre, generados porque el precio de venta de la libra de cobre sea superior al "precio de referencia", deberán depositarse en una cuenta especial del Servicio de Tesorería y deberán destinarse a amortizaciones extraordinarias de la deuda pública fiscal. El "precio de referencia" de la libra de cobre, será fijado por decreto supremo expedido a través del Ministerio de Hacienda. Igual procedimiento se utilizará para la autorización de los traspasos de los recursos destinados al fin señalado en el inciso anterior. El decreto supremo que fije el "precio de referencia" deberá dictarse en el mes de Octubre del año anterior al año en que va a regir. Para fijar dicho precio, se tomará en consideración el promedio de los seis años inmediatamente anteriores del precio "spot" de la Bolsa de Metales de Londres, ajustado de acuerdo al índice de Precios al por mayor de Estados Unidos de América, expresado en centavos de dólar por libra, correspondiente a moneda del último mes que se incluye en el cálculo. Respecto del año inmediatamente anterior, solamente se considerará el promedio de los meses...

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