Decreto Ley 1034 - DECLARA COMPATIBLES LOS CARGOS QUE SEÑALA - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 248336110

Decreto Ley 1034 - DECLARA COMPATIBLES LOS CARGOS QUE SEÑALA

EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyDecreto Ley

DECLARA COMPATIBLES LOS CARGOS QUE SEÑALA Núm. 1.034.- Santiago, 27 de Mayo de 1975.- Vistos: los decretos leyes N°s. 1 y 128, de 1973; 527, de 1974; artículo 169 del DFL. N° 338, de 1960; en artículo 13 del decreto supremo N° 54, de 1968, de Agricultura, Considerando:

La imprescindible necesidad de armonizar y coordinar en forma inmediata la acción del Ministerio de Agricultura, para el cumplimiento de sus funciones y de las labores de investigación agrícola, transferencia de tecnología a productores agrícolas, asignatarios y asentados y para la aplicación y ejecución de las políticas agrícolas elaboradas por el Supremo Gobierno por su intermedio,

Que para lograr el objetivo señalado en el considerando anterior es preciso poner término a la duplicidad de funciones en los Servicios del Agro que se relacionan con el Supremo Gobierno a través de este Ministerio,

Que la referida duplicidad se produce principalmente a nivelde la Corporación de la Reforma Agraria y Servicio Agrícola y Ganadero,

Que como una primera etapa para obtener una efectiva armonización y coordinación de dichos servicios es necesario unificar el mando de los mismos a nivel central, regional y zonal,

La H. Junta de Gobierno ha decidido dictar el siguiente,

Decreto ley:

Artículo único No obstante lo dispuesto en el artículo 169, del DFL

N° 338, de 1960, y en el artículo 13, del decreto supremo de Agricultura N° 54, de 1968, que fija el texto refundido del D.F.L. RRA. N° 22, de 1963, se declaran compatibles los siguientes empleos:

  1. El Director Ejecutivo del Servicio Agrícola y Ganadero con el de Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación de la Reforma Agraria.

  2. Los de Director Regional y Zonal, los de Jefe de Area y los de Jefes de Sub-áreas del Servicio Agrícola y Ganadero con los de igual función de la Corporación de la Reforma Agraria.

El funcionario que se designe para servir estos empleos sólo tendrá derecho a percibir por sus servicios, la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR