Decreto 2191 - ADJUDICA CONTRATO DE CONCESION PARA LA EJECUCION, CONSERVACION Y EXPLOTACION DE LA OBRA PUBLICA FISCAL DENOMINADA 'PROGRAMA DE CONCESIONES DE INFRAESTRUCTURA PENITENCIARIA, GRUPO 2' - MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 242460934

Decreto 2191 - ADJUDICA CONTRATO DE CONCESION PARA LA EJECUCION, CONSERVACION Y EXPLOTACION DE LA OBRA PUBLICA FISCAL DENOMINADA 'PROGRAMA DE CONCESIONES DE INFRAESTRUCTURA PENITENCIARIA, GRUPO 2'

EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyDecreto

ADJUDICA CONTRATO DE CONCESION PARA LA EJECUCION, CONSERVACION Y EXPLOTACION DE LA OBRA PUBLICA FISCAL DENOMINADA "PROGRAMA DE CONCESIONES DE INFRAESTRUCTURA PENITENCIARIA, GRUPO 2"

Núm. 2.191.- Santiago, 6 de diciembre de 2002.- Vistos:

- El artículo 87 del DFL MOP Nº 850, de 1997, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840, de 1964, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas y del DFL Nº 206, de 1960, Ley de Caminos;

- El DS MOP Nº 900, de 1996, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL MOP Nº 164, de 1991, Ley de Concesiones de Obras Públicas;

- El DS MOP Nº 956, de 1997, Reglamento de la Ley de Concesiones de Obras Públicas;

- El oficio Nº 3.811, de 4 de diciembre de 2000, del Sr. Ministro de Obras Públicas mediante el cual se envían las Bases de Precalificación al Sr.

Ministro de Hacienda;

- El aviso de Apertura del Registro Especial Internacional de Precalificación para el "Programa de Concesiones de Infraestructura Penitenciaria", publicado en el Diario Oficial con fecha 13 de enero de 2001;

- El aviso de Apertura del Registro Especial Internacional de Precalificación para el "Programa de Concesiones de Infraestructura Penitenciaria", publicado en el diario El Mercurio con fecha 14 de enero de 2001;

- Las resoluciones DGOP Nº 9, de 18 de enero de 2001, Nº 131, de 9 de abril de 2001, Nº 168, de 4 de mayo de 2001 y Nº 85, de 29 de abril de 2002, que aprueban las Bases de Precalificación y las circulares aclaratorias Nºs 1, 2, y 3 del Registro Especial Internacional para el "Programa de Concesiones de Infraestructura Penitenciaria";

- El oficio Ord. Nº 1.107, de 19 de octubre de 2001, del Sr. Ministro de Hacienda, que aprueba las Bases de Licitación de la obra pública fiscal denominada "Programa de Concesiones de Infraestructura Penitenciaria, Grupo 2";

- El oficio Gab. Pres. Nº 497, de 24 de abril de 2001 de Su Excelencia el Presidente de la República que aprueba la ejecución de la obra pública fiscal denominada "Programa de Concesiones de Infraestructura Penitenciaria", por el sistema de concesiones;

- El Convenio de Mandato celebrado entre el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Obras Públicas, aprobado por decreto exento Minju Nº 572, ambos de fecha 30 de noviembre de 2000;

- El Llamado a Licitación Pública Internacional para la concesión de la obra pública fiscal denominada "Programa de Concesiones de Infraestructura Penitenciaria, Grupo 2", publicado en el diario El Mercurio con fecha 21 de octubre de 2001;

- La resolución DGOP Nº 327, de 26 de octubre de 2001, que aprueba las Bases de Licitación de la obra pública fiscal denominada "Programa de Concesiones de Infraestructura Penitenciaria, Grupo 2";

- Las resoluciones DGOP Nº 385, de 17 de diciembre de 2001; Nº 12, de 28 de enero de 2002; Nº 89, de 3 de mayo de 2002; Nº 109, de 5 de junio de 2002;

y Nº 110, de 6 de junio de 2002, que aprueban las circulares aclaratorias Nºs. 1, 2, 3, 4 y 5, de las Bases de Licitación de la obra pública fiscal denominada "Programa de Concesiones de Infraestructura Penitenciaria, Grupo 2", respectivamente;

- El Acta de Apertura de la Licitación, de fecha 18 de junio de 2002;

- El Acta de Evaluación de las Ofertas Técnicas, de fecha 25 de julio de 2002;

- El Acta de Apertura de las Ofertas Económicas, de fecha 31 de julio de 2002;

- El Acta de Calificación de las Ofertas Económicas, de fecha 19 de agosto de 2002;

- El informe favorable del Ministerio de Justicia, de fecha 17 de septiembre de 2002, contenido en el ordinario Nº 3.733; y

- El Acta de Adjudicación del Director General de Obras Públicas, de fecha 3 de octubre de 2002.

D e c r e t o:

  1. Adjudícase el contrato de concesión para la ejecución, conservación y explotación de la obra pública fiscal denominada "Programa de Concesiones de Infraestructura Penitenciaria, Grupo 2" a las empresas Besalco S.A., Torno Internazionale S.p.A. y Sodexho Chile S.A., que componen el Grupo Licitante denominado "Consorcio B.A.S.".

  2. Declárase que forman parte integrante de este decreto supremo de adjudicación, las Bases de Licitación para la concesión de la obra pública fiscal denominada "Programa de Concesiones de Infraestructura Penitenciaria, Grupo 2", aprobadas por resolución DGOP Nº 327, de 26 de octubre de 2001; las circulares aclaratorias Nºs. 1, 2, 3, 4 y 5 aprobadas por las resoluciones DGOP Nº 385, de 17 de diciembre de 2001; Nº 12, de 28 de enero de 2002; Nº 89, de 3 de mayo de 2002; Nº 109, de 5 de junio de 2002; y Nº 110, de 6 de junio de 2002; todos los documentos señalados en los artículos 1.3.2 y 1.3.2.1 de las Bases de Licitación; y las Ofertas Técnica y Económica, en la forma aprobada por el MOP, presentadas por el Grupo Licitante Adjudicatario compuesto por las empresas Besalco S.A., Torno Internazionale S.p.A. y Sodexho Chile S.A.

  3. En caso de discrepancia en la interpretación del contrato que se adjudica mediante el presente decreto supremo, primará lo dispuesto en las Bases de Licitación, sus circulares aclaratorias, y demás documentos integrantes de las Bases de Licitación, incluidos el Manual de Planes de Manejo Ambiental para Obras Concesionadas, emitido por la Coordinación General de Concesiones del MOP y las Pautas Mínimas de Diseño y Construcción para los Establecimientos Penitenciarios del Grupo 2, por sobre lo establecido en la oferta presentada por el Grupo Licitante Adjudicatario de la concesión, salvo el caso en que ésta contenga aspectos superiores a lo exigido en las Bases de Licitación y sus circulares aclaratorias, lo que será calificado por el Director General de Obras Públicas.

  4. Forman parte del contrato de concesión las disposiciones pertinentes de los siguientes cuerpos legales:

    1. El decreto supremo MOP Nº 900, de 1996, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL MOP Nº 164, de 1991, Ley de Concesiones de Obras Públicas.

    2. El decreto supremo MOP Nº 956, de 1997, Reglamento de la Ley de Concesiones de Obras Públicas.

    3. El DFL MOP Nº 850, de 1997, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840, de 1964, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas y del DFL Nº 206, de 1960, Ley de Caminos.

  5. El plazo de duración de la concesión será el señalado en el artículo 1.6.5 de las Bases de Licitación, el que, en todo caso, no podrá exceder de 273 meses contados desde el inicio de la concesión, es decir, desde la publicación en el Diario Oficial del presente decreto supremo de Adjudicación, conforme a lo establecido en el artículo 1.6.4 de las Bases de Licitación.

  6. El concesionario diseñará, construirá, explotará y conservará las obras que se indican en las Bases de Licitación, para los Establecimientos Penitenciarios emplazados en las ciudades de Antofagasta y Concepción, dentro de la respectiva área de concesión establecida en el artículo 2.2 de las Bases de Licitación, de acuerdo a los requerimientos específicos establecidos en las "Pautas Mínimas de Diseño y Construcción para los Establecimientos Penitenciarios del Grupo 2".

    El Proyecto comprende la construcción de dos establecimientos penitenciarios como se indica a continuación:

    1. Establecimiento Penitenciario de Alta Seguridad Concepción: El concesionario deberá construir un establecimiento penitenciario ubicado en el sector El Manzano, de la comuna de Concepción, el cual deberá ser diseñado para una capacidad de 1.189 internos.

    2. Establecimiento Penitenciario de Mediana Seguridad Antofagasta: El concesionario deberá construir un establecimiento penitenciario ubicado en el sector La Negra - Salar El Carmen de la comuna de Antofagasta, el cual deberá diseñarse para una capacidad de 1.160 internos.

      Las obras mínimas a ejecutar se encuentran establecidas en el artículo 2.3 de las Bases de Licitación, y comprenden, entre otras cosas, lo siguiente:

    3. Para el Establecimiento Penitenciario de Alta Seguridad Concepción:

      * Cercar el terreno correspondiente al área de concesión de este establecimiento penitenciario en una longitud aproximada de 1.300 m., en placas de hormigón vibrado y una altura mínima de 2 m.

      * Limpieza y escarpe de la superficie sobre la cual se construirán las obras, incluyendo una faja de seguridad alrededor de la obra definitiva de al menos 6 metros de ancho.

      * Demolición de obras existentes dentro del área de concesión.

      * Instalación de faenas necesarias para la ejecución de las obras.

      * Movimientos de tierra necesarios para la construcción de la totalidad de las obras.

      * Construcción de un establecimiento penitenciario de al menos 19.660 m2 de superficie construida, más una superficie de patios sin cubierta de 12.966 m2 y una superficie de 2.243 m2 de patios cubiertos, y todos los recintos necesarios para la prestación de los servicios establecidos en el artículo 1.10.2 de las Bases de Licitación, de manera de garantizar los estándares de nivel de servicio solicitados. Este establecimiento penitenciario deberá contemplar al menos los recintos indicados en la Tabla Nº 7 de las Bases de Licitación, respetando lo indicado en el documento "Pautas Mínimas de Diseño y Construcción para los Establecimientos Penitenciarios del Grupo 2", en especial el programa funcional indicativo señalado en el artículo 5.3.1 de dicho documento.

      * Obras de empalme a servicios domiciliarios de agua potable, telefonía, electricidad, considerando obligatorio la dotación de un sistema alternativo de generación de energía eléctrica.

      * Obras de empalme a servicio domiciliario de gas o aquellas necesarias para proveer de este combustible u otro al establecimiento penitenciario.

      * La totalidad de las obras necesarias para proveer de energías alternativas al establecimiento penitenciario, en caso que el Anteproyecto presentado en la Oferta Técnica del concesionario así lo considere.

      * Obras de vialidad de acceso al área de concesión, las que deberán considerar a lo menos la prolongación de la calle de servicio existente en sector vecino industrial, fuera del terreno de Gendarmería de...

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