Decreto 452 - MODIFICA CONCESION DE SERVICIO PUBLICO DE TELEFONIA MOVIL A LA EMPRESA TELEFONICA MOVILES DE CHILE S.A
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA CONCESION DE SERVICIO PUBLICO DE TELEFONIA MOVIL A LA EMPRESA TELEFONICA MOVILES DE CHILE S.A
Santiago, 21 de noviembre de 2005.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 452.- Vistos:
-
El Decreto Ley Nº1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
-
La Ley Nº18.168, General de Telecomunicaciones.
-
La Resolución Nº55 de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por la Resolución Nº 520, de 1996, ambas de la Contraloría General de la República.
-
Los Decretos Supremos Nº657 y Nº658, ambos de 2002, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgan las concesiones.
-
La Resolución Exenta N°308, de 2000, modificada por la Resolución Exenta N°81, del 2001, ambas de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que destina las Bandas de Frecuencias 1.865 - 1.870 MHz; 1.885 - 1.895 MHz; 1.945 - 1.950 MHz. y 1.965 - 1.975 MHz al servicio público de telefonía móvil.
Considerando:
-
Lo solicitado por la interesada mediante Ingreso Subtel N°50.995 de 13.07.2005.
-
La solicitud de autorización provisoria de la modificación de la concesión indicada en la letra precedente, Ingreso Subtel N°51.323 de 14.07.2005, por cuyo intermedio la interesada expuso los fundamentos de su petición, en torno a la gravedad y urgencia que justifican acceder a ella.
-
Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.
Decreto:
Modifícanse las concesiones de Servicio Público de Telefonía Móvil, otorgadas a la empresa Telefónica Móvil de Chile S.A., hoy Telefónica Móviles de Chile S.A., R.U.T. Nº96.786.140-5, con domicilio en Avda. El Bosque Sur Nº90, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, concesionaria de servicio público de telefonía móvil en las bandas de frecuencias 1.865 - 1.870 MHz; 1.885 -
1.895 MHz; 1.945 - 1.950 MHz. y 1.965 - 1.975 MHz, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
-
Instalar, operar y explotar 1 estación Base, cuyas características técnicas se indican a continuación:
NOTA: VER D.O. 31.12.2005, PAGINA 17
La Estación Base que se autoriza, se interconectará a la red a través de medios propios y/o arrendados a terceros.
-
Los plazos máximos se indican a continuación:
NOTA: VER D.O. 31.12.2005, PAGINA 17
-
Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentado por la concesionaria, en lo relacionado con...
-
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba