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Decreto 170 - MODIFICA CONCESION DE SERVICIO PUBLICO TELEFONICO A LA EMPRESA WILL S.A.

EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA CONCESION DE SERVICIO PUBLICO TELEFONICO A LA EMPRESA WILL S.A.

Santiago, 25 de abril de 2005.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 170.- Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones.

  2. La ley Nº 18.168, Ley General de

    Telecomunicaciones.

  3. El Nº 1 del artículo 3 del párrafo III de la resolución Nº 55 de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por la resolución Nº 520 de 1996, ambas de la Contraloría General de la República.

  4. El decreto supremo Nº 487 de 1999, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión.

  5. La resolución exenta Nº 406 de 13.04.2005, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que autorizó provisoriamente la modificación de la concesión,

    Considerando:

  6. Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 75.844, de 22.10.2004, complementada mediante ingreso Subtel Nº 27.979 de 23.03.2005.

  7. Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión,

    Decreto:

    Modifícase la concesión de Servicio Público Telefónico, otorgada a la empresa Will S.A., RUT Nº 96.833.480-8, con domicilio en calle Santo Domingo Nº 1894, comuna de Santiago, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.

    1. - Autorízase a la concesionaria para modificar la ubicación y zonas de servicio de las zonas denominadas Quilicura y Huinganal, autorizadas mediante decreto supremo Nº 487 de 1999, cambiando además su denominación.

      Las zonas de servicio asociadas a las nuevas zonas, denominadas Puente Alto 1 y Puente Alto 2, corresponderán a un círculo de 1 km. en torno al punto que se define a continuación:

      Antigua Zona Nueva Zona Comuna Latitud Longitud

      Quilicura Puente

      Alto 1 Puente Alto 33°36'21" 70°32'43"

      Huinganal Puente

      Alto 2 Puente Alto 33°33'53" 70°33'06"

    2. - Los plazos serán los que se indican a continuación:

      Inicio Término Inicio

      Obras Obras Servicio Observación

      20 meses 23 meses 24 meses Todos estos plazos

      están referidos a

      la fecha de

      publicación en el

      Diario Oficial del

      decreto supremo Nº

      227 de 2004, del

      Ministerio de

      Transportes y

      Telecomunicaciones.

    3. - Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentado por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto...

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