Decreto núm. 980, publicado el 25 de Enero de 1983. CLASIFICACIONES PRESUPUESTARIAS PARA EL AÑO 1983
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE HACIENDA |
Rango de Ley | Decreto |
CLASIFICACIONES PRESUPUESTARIAS PARA EL AÑO 1983
Santiago, 15 de Diciembre de 1982.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 980.- Teniendo presente: Que las clasificaciones del Presupuesto del Sector Público para el año 1983 se aplicarán en forma integral a todos los organismos de dicho sector y la necesidad de desagregar y definir el contenido de los conceptos de Ingresos y Gastos que se deberán observar para la ejecución presupuestaria e información pertinente, y
Vistos: Lo dispuesto en los artículos 16, 24 y 70 del D.L. Nº 1.263, de 1975 y el artículo 28 de la Ley Nº 18.188, de 1982,
Decreto:
-
- Determínanse para los efectos de la Ley de Presupuestos del Sector Público del año 1983, las siguientes clasificaciones presupuestarias.
I.- CLASIFICACION INSTITUCIONAL
Corresponde a la agrupación presupuestaria de los organismos que se incluyen en la "Ley de Presupuestos del Sector Público", como sigue:
Partida: Nivel superior de agrupación asignada a la Presidencia de la República, al Poder Legislativo, al Poder Judicial, a la Contraloría General de la República, a cada uno de los diversos Ministerios y a la Partida "Tesoro Público" que contiene la estimación de ingresos del Fisco y de los gastos y aportes de cargo fiscal:
Capítulo: Subdivisión de la Partida, que corresponden a cada uno de los organismos que se identifican con presupuestos aprobados en forma directa en la Ley de Presupuestos.
Programa: División presupuestaria de los Capítulos, en relación a funciones u objetivos específicos identificados dentro de los presupuestos de los organismos públicos.
II.- CLASIFICACION POR OBJETO O NATURALEZA
Corresponde al ordenamiento de las transacciones presupuestarias de acuerdo a su origen, en lo referente a los ingresos, y a los motivos a que se destinen los recursos, en lo que respecta a los gastos. Contiene las siguientes divisiones:
Subtítulo: Agrupación de operaciones presupuestarias de características o naturaleza homogenia, que comprende un conjunto de ítems.
Item: Representa un "motivo significativo" de ingreso o gasto.
Asignación: Corresponde a un "motivo específico" del ingreso o gasto.
III.- CLASIFICACION POR MONEDAS
Corresponde a la identificación presupuestaria, en forma separada, de ingresos y gastos en moneda nacional y en moneda extranjeras convertidas a dólares.
CLASIFICACION DE INGRESOS Y GASTOS
-
- Apruébase para el año 1983 el siguiente "Clasificador de Ingresos y Gastos", que para los efectos de la ejecución presupuestaria e información mensual pertinente, deberá utilizar todos los organismos del sector público, a que se refiere el decreto ley Nº 1.263, de 1975.
Sub
Título Item Asig.
INGRESOS
01 INGRESOS DE OPERACIÓN
01 Venta de Bienes y Servicios
02 Renta de Inversiones
03 Otros Ingresos Propios
04 Contribuciones Municipales
05 Derechos Municipales
02 IMPOSICIONES PREVISIONALES
03 INGRESOS TRIBUTARIOS
04 VENTA DE ACTIVOS
41 Activos Físicos
42 Activos Financieros
05 RECUPERACION DE PRESTAMOS
06 TRANSFERENCIAS
61 De Organismos del Sector Privado
62 De Otros Organismos del Sector
Público
63 De Otras Entidades Públicas
07 OTROS INGRESOS
71 Fondos de Terceros
72 Operaciones de Cambio
73 Participación del Fondo Común
Municipal
Art. 38 DL. Nº 3.063, de 1979
79 Otros
08 ENDEUDAMIENTO
81 Préstamos Internos
82 Préstamos Externos
83 Colocación de Valores - Corto
Plazo
84 Colocación de Valores - Largo
Plazo
09 APORTE FISCAL
91 Libre
92 Servicio de la Deuda Pública
10 OPERACIONES AÑOS ANTERIORES
11 SALDO INICIAL DE CAJA
111 Saldo Inicial Neto de Caja
112 Saldo de Fondos en Otros
Organismos
113 Saldo de Fondos de Terceros
GASTOS
21 GASTOS EN PERSONAL
01 Sueldos Bases
001 Personal de Planta
002 Personal a Contrata
02 Sobresueldos
001 Asignación por años de servicios
002 Asignación Profesional
003 Asignación de Zona
004 Asignación de Alimentación
005 Asignación del DL. Nº 2.411, de
1978
006 Asignación del DL. Nº 3.551, de
1981
007 Otras Asignaciones
008 Incremento Remuneración Imponible
DL. Nº 3.501, de 1980
03 Remuneraciones Variables
001 Honorarios
002 Trabajos Extraordinarios
003 Suplencias y Reemplazos
004 Gastos por Traslados
005 Otras Remuneraciones
04 Jornales
05 Viáticos
06 Aportes Patronales
001 A Servicios de Bienestar
002 Otras cotizaciones Previsionales
003 Impuesto Art. 3º Transitorio DL.
Nº 3.501, de 1980
07 Asignación Familiar en el
Exterior
08 Subsidio de Reposo Preventivo -
22 BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
10 Alimentos y Bebidas
11 Textiles, Vestuarios y Calzado
12 Combustibles y Lubricantes
13 Materiales de uso o consumo
corrientes
14 Mantenimiento y Reparaciones
16 Consumos Básicos
17 Servicios Generales
001 Arriendo de equipos y servicios
de procesamiento de datos
002 Publicidad y Difusión
003 Servicios de Impresión
004 Gastos de Representación
005 Servicios de Aseo
006 Servicios de cobranza y otros
análogos
007 Gastos inherentes a la función
municipal
008 Gastos de Embajadas y Consulados
en el exterior
009 Gastos menores
010 Otros servicios generales
18 Contratación de Estudios e
Investigaciones
23 BIENES Y SERVICIOS PARA
PRODUCCION
25 Materias Primas y/o Productos
Básicos
26 Energía y Combustible
27 Gastos Generales
24 PRESTACIONES PREVISIONALES
30 PRESTACIONES PREVISIONALES
25 TRANSFERENCIAS CORRIENTES
31 Transferencias al Sector Privado
32 Transferencias a Organismos del
Sector Público
33 Transferencias a Otras Entidades
Públicas
34 Transferencias al Fisco
35 Aplicación Fondos de Terceros
36 Cumplimiento de Sentencias
Ejecutoriadas.
38 2% Constitucional
26 Gastos de Funcionamiento-
Servicios Traspasados D.F.L. (I)
1/3.053 de 1980 y Ley Nº 18.096
31 INVERSION REAL
50 Requisitos de Inversión para
funcionamiento
51 Vehículos
52 Terrenos y Edificios
53 Estudios para Inversiones
54 Maquinarias y Equipos
Directamente Productivos
61 Inversión Región I
62 Inversión Región II
63 Inversión Región III
64 Inversión Región IV
65 Inversión Región V
66 Inversión Región VI
67 Inversión Región VII
68 Inversión Región VIII
69 Inversión Región IX
70 Inversión Región X
71 Inversión Región XI
72 Inversión Región XII
73 Inversión Región Metropolitana de
Santiago
74 Inversiones No Regionalizables
75 Otros Gastos de Inversión Real
32 INVERSION FINANCIERA
80 Compra de Títulos y Valores
81 Préstamos
33 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
85 Aportes al Sector Privado
86 Aportes a Organismos del Sector
Público
87 Aportes a Otras Entidades
Públicas
50 SERVICIOS DE LA DEUDA PUBLICA
90 Deuda Pública Interna
001 Intereses
002 Amortizaciones
003 Otros Gastos Financieros
004 Aporte Fiscal para Servicios de
la Deuda
91 Deuda Pública Externa
001 Intereses
002 Amortizaciones
003 Otros Gastos Financieros
004 Aporte Fiscal para Servicio de la
Deuda
92 Otros Gastos por Deuda Pública
60 OPERACIONES AÑOS ANTERIORES
98 Operaciones Años Anteriores
001 De Gastos en Personal
002 De Bienes y Servicios de Consumo
003 De Bienes y Servicios para
Producción
004 De Transferencias
005 De Inversiones
70 OTROS COMPROMISOS PENDIENTES
99 Otros Compromisos Pendientes
001 De Gastos en Personal
002 De Bienes y Servicios de Consumo
003 De Bienes y Servicios para
Producción
004 Transferencia, por subvenciones a
la enseñanza gratuita
80 APORTE FISCAL LIBRE
(Sólo en Partida 50-70 "Tesoro
Público para entrega de los
aportes por el Servicio de
Tesorería")
90 SALDO FINAL DE CAJA
-
- Determínanse para el año 1983 las definiciones de los Subtítulos, Item y Asignaciones del Clasificador de Ingresos y Gastos, de aplicación general para todos los organismos del sector público
CLASIFICADOR DE INGRESOS
Sub
Título Item Asig.
01 INGRESOS DE OPERACION
01 Ventas de Bienes y Servicios
Comprende los ingresos
provenientes de la venta de
bienes y/o servicios que son
consecuencia de la actividad
propia de cada organismo del
sector público.
Este rubro se clasificará en:
-
Ventas de Bienes que incluye
elementos tangibles sujetos a
transacción, producidos o
comercializados por el
respectivo organismo.
-
Ventas de Servicios que
incluye la prestación de
servicios propiamente tal,
sujetos a tarifas.
02 Renta de Inversiones
Comprende: los arriendos,
dividendos, intereses,
participaciones de utilidades y
otras entradas de similar
naturaleza que se perciban por
efecto de capitales invertidos.
03 Otros Ingresos Propios.
Cualquier otro ingreso que
perciba la entidad que no
provenga de la actividad
principal de ella, tales como
venta de desechos y venta de
elementos dados de baja u
obsoletos que no correspondan a
activos físicos relevantes.
04 Contribuciones Municipales
Comprende los impuestos,
contribuciones y otros gravámenes
a beneficio Municipal que se
establecen en la Ley de Rentas
Municipales y en otras
disposiciones legales vigentes.
...
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