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Decreto núm. 340, publicado el 13 de Octubre de 1978. CREA CARGOS QUE SEÑALA EN EL MINISTERIO DE TIERRAS Y COLONIZACION

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TIERRAS Y COLONIZACION
Rango de LeyDecreto

CREA CARGOS QUE SEÑALA EN EL MINISTERIO DE TIERRAS Y COLONIZACION

Santiago, 8 de Junio de 1978.- El Presidente de la República ha decretado hoy lo que sigue:

Núm. 340.- Vistos: lo dispuesto en el artículo 17º del D.L. número 575, de 1974; en los artículos 8º y 11º del D.L. Nº 937, de 1975; en el inciso 2º del artículo 24º del D.L. Nº 1.608, de 1976; en los artículos 22 y SS. del mismo cuerpo legal; lo manifestado en Minuta adjunta;

Teniendo presente lo expresado por la Comisión Nacional de la Reforma Administrativa (CONARA), en oficio Nº 273, de 2 de Marzo de 1978, en la letra e) Nº 2 a (1); que dicha Comisión Nacional ha expresado que los mencionados cargos deben tener la debida jerarquía, acorde con la importancia de la labor de descentralización administrativa;

Que el Ministerio de Hacienda, en el numerando 5º del oficio Nº 720, de 24 de Abril de 1978, ha expresado que: "En situaciones muy excepcionales podría autorizarse la creación de Secretarios Regionales Ministeriales, con la condición de ubicárseles en grado 6º hasta la aprobación de la correspondiente reestructuración";

Que esta Secretaría de Estado por oficio Nº 3.249, de 18 de Octubre de 1977, remitió a trámite el proyecto de reestructuración correspondiente;

Que en la actualidad el proceso de regionalización de esta Secretaría de Estado se encuentra totalmente ejecutado;

Considerando que es indispensable dotar a estos cargos de la jerarquía e importancia que posee la función de administrar y disponer de los bienes del Estado, junto con la labor de ejecutar en la Región las políticas que sobre esta materia ordene el Supremo Gobierno, además del cumplimiento de los objetivos jurídicos del saneamiento del dominio de la pequeña propiedad rural y urbana, de gran proyección económica y social, a lo que debe agregarse la formación y ejecución del Catastro de los Bienes Fiscales, en una primera etapa, de los bienes del Estado, en una segunda, llegar al Catastro Nacional en una etapa final de grandes proyecciones administrativas y económicas.

Que la delegación de funciones en los Secretarios Regionales Ministeriales de Tierras y Colonización, dispuesta por decreto supremo Nº 53, de 1978, hace indispensable contar en forma urgente con el personal directivo adecuado para desarrollar en buena forma las labores propias del Servicio.

Decreto:

  1. - Créanse a contar desde la fecha de la total tramitación de este decreto, los cargos de Secretarios Regionales Ministeriales de Tierras y...

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