Decreto 2321 - APRUEBA MODIFICACIÓN A ORDENANZA DE DERECHOS MUNICIPALES - MUNICIPALIDAD DE PADRE HURTADO - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 240300166

Decreto 2321 - APRUEBA MODIFICACIÓN A ORDENANZA DE DERECHOS MUNICIPALES

EmisorMUNICIPALIDAD DE PADRE HURTADO
Rango de LeyDecreto

APRUEBA MODIFICACIÓN A ORDENANZA DE DERECHOS MUNICIPALES

Padre Hurtado, 30 de octubre de 2007.- La Alcaldía de Padre Hurtado, hoy decretó lo siguiente:

Núm. 2.321.- Vistos y considerando:

1.- El decreto alcaldicio Nº 1.982, de fecha 19.12.2001, que aprueba la Ordenanza de Derechos Municipales;

2.- La ley Nº 20.033 que modifica la ley Nº 17.235, sobre Impuesto Territorial; el decreto ley Nº 3.063, sobre Rentas Municipales; la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades;

3.- El Memorándum Nº 1.530, de la Dirección de Administración y Finanzas, que solicita modificación a la Ordenanza de Derechos Municipales;

4.- El Acuerdo Nº 163/2006 del Concejo Municipal, en sesión ordinaria Nº 01, de fecha 3 de enero de 2006, que aprobó por unanimidad de los Concejales en ejercicio autorizar modificar la Ordenanza de Derechos Municipales;

5.- Las facultades que me confiere la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades Nº 18.695 y sus modificaciones vigentes;

6.- La Sentencia de 27 de noviembre de 2004, emanada del Primer Tribunal Electoral de la Región Metropolitana, que me proclamó electo Alcalde de esta I. Municipalidad.

Decreto:

1.- Apruébase la modificación a la Ordenanza de

Derechos Municipales, de acuerdo a lo siguiente:

Art. 14º

Nºs 1.- Por día 20% UTM

4.- Por día 80% UTM

Agregar y modificar en el art. 14º

6.1.1 Fondas o ramadas

con orquesta Por día 100% UTM

6.1.2 Ramadas sin orquesta

o cocinerías Por día 50% UTM

6.1.5 Stand, kioscos, ptos. de

chicha, carros o similares Por día 20% UTM

6.1.6 Entretenciones, menores,

por módulo Por día 20% UTM

6.1.7 Puestos menores y ambulantes Por día 10% UTM

6.1.8 Actividades especiales en

recintos particulares Por día 200% UTM

Art. 14º

Nºs 7.- Por mes o fracción 30% UTM

8.- Por mes o fracción 30% UTM

10.- Por día 10% UTM

11.- A domicilio por mes o fracción 20% UTM

14.- Por mes o fracción 20% UTM

Agréguese en el Art. 17º

Nº 12.- "La empresa que realizaran la actividad económica de propaganda o publicidad, que sea vista y

oída desde la vía pública." Por m2.

No luminosa, anual por m2. (hasta un

plazo máximo de 3 años) y así 50% UTM

sucesivamente

Luminosa, anual por m2 (hasta un plazo

máximo de 3 años) y así 90% UTM

sucesivame...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR