Decreto núm. 158, publicado el 27 de Abril de 1993. AGREGA ARTICULO TRANSITORIO AL DECRETO N° 73, DE 1993 - MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 496175274

Decreto núm. 158, publicado el 27 de Abril de 1993. AGREGA ARTICULO TRANSITORIO AL DECRETO N° 73, DE 1993

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Rango de LeyDecreto

AGREGA ARTICULO TRANSITORIO AL DECRETO N° 73, DE 1993

Núm. 158.- Santiago, 22 de Marzo de 1993.

Considerando:

Que, el Decreto Supremo N° 73 del 3 de Febrero de 1993, en su artículo 4° modificó el plazo que tienen los sostenedores de los establecimientos educacionales para solicitar su reconocimiento oficial;

Que, los sostenedores al proyectar la construcción de un local escolar en muchos casos consideran tener terminada la obra dentro del plazo en que deben solicitar al Ministerio de Educación el reconocimiento oficial del nuevo establecimiento educacional, Que, con el objeto de no perjudicar a aquellos sostenedores que a la fecha de publicación del Decreto Supremo de Educación N° 73 de 1993 se encontraban construyendo locales escolares con la proyección de terminarlos antes del 31 de Octubre del presente año, es necesario dictar una norma de excepción que permita a éstos solicitar el reconocimiento oficial hasta esa fecha; y,

Visto: Lo dispuesto en los artículos 19 N°s. 10 y 11 y 32 N° 8 de la Constitución Política de la República de Chile; Título II de la Ley N° 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza; Artículo 9° de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; Decretos Supremos de Educación N°s 8143, de 1980 y 73, de 1993, y la Resolución N° 55, de 1992, de la Contraloría General de la República,

Decreto:

Artículo único

Agrégase al Decreto...

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