Decreto 259 - ACLARA DECRETO Nº 56, DE 2005 - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 241693290

Decreto 259 - ACLARA DECRETO Nº 56, DE 2005

EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyDecreto

ACLARA DECRETO Nº 56, DE 2005

Núm. 259.- Santiago, 23 de septiembre de 2005.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 328 de la Constitución Política de la República; la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº 18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el D.S. Nº 430, de 1991 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; las leyes Nº 19.713, Nº 19.822 y Nº 19.849; los D.S. Nº 85 y Nº 217, ambos de 2003, Nº 147 de 2004, Nº 56, Nº 172 y Nº 219, todos de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

Considerando:

Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 145 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, se creó un organismo denominado Consejo Nacional de Pesca para hacer efectiva la participación de los agentes del sector pesquero a nivel nacional, en materias relacionadas con la actividad de la pesca y de la acuicultura.

Que por D.S. Nº 85 de 2003, modificado mediante D.S. Nº 217 de 2003 y Nº 147 de 2004, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, se estableció el Reglamento para determinar el procedimiento de elección de los Consejeros integrantes del Consejo Nacional de Pesca.

Que mediante D.S. Nº 56 de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, se fijó la nómina oficial de postulantes elegidos para integrar el citado Consejo, declarándose del mismo modo abierto un período extraordinario de 60 días corridos contados desde la publicación del mismo decreto para efectuar la postulación de aquellos cargos declarados vacantes.

Que mediante D.S. Nº 172 de 2005, de este Ministerio, se amplió el citado período extraordinario de postulaciones hasta el día 22 de agosto de 2005.

Que en el decreto exento Nº 219 de 2005, de este Ministerio, se incurrió en un error de referencia al señalar en su parte considerativa que el plazo extraordinario de postulaciones antes indicado se ampliaba hasta el día 22 de septiembre de 2005, en circunstancias que el mismo decreto, en su parte resolutiva, indicaba que el plazo vencería el día 21 de septiembre de 2005.

Que la circunstancia antes indicada produjo una errada interpretación en las organizaciones gremiales postulantes a los cargos vacantes del Consejo Nacional de Pesca en cuanto al vencimiento del plazo extraordinario de postulaciones antes referido.

Que atendido que el Consejo Nacional de Pesca constituye la instancia de...

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