Decreto núm. 3881, publicado el 30 de Diciembre de 2013. MODIFICA DECRETO ALCALDICIO Nº 791, DE 2011
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MUNICIPALIDAD DE ARAUCO |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA DECRETO ALCALDICIO Nº 791, DE 2011
Núm. 3.881.- Arauco, 25 de noviembre de 2013.- Vistos:
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Lo dispuesto en los artículos 3º y 4º del DFL Nº 1, texto refundido y sistematizado de la Ley Nº 18.290, Ley de Tránsito;
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Las atribuciones establecidas en los artículos Nº 63, letra i), Nº 65 letras c) y k) de la Ley Nº 18.695, "Orgánica Constitucional de Municipalidades".
Considerando:
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La necesidad de modificar decreto, a fin de permitir su aplicación práctica a los casos de camiones que transitan con carros de arrastre con carga no superior a los límites permitidos.
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La actual ejecución del proyecto "Construcción Mejoramiento Interconexión Vial P-20 P-10, Arauco", que generará una alternativa de tránsito vial, que permitirá evitar el tránsito de camiones de carga con alto tonelaje por la ciudad de Arauco.
Decreto:
1) Modifíquese decreto alcaldicio Nº 791, de fecha 11 de marzo de 2011, en los artículos que a continuación se detallan, los que en su nuevo texto definitivo reemplazan a los anteriores:
"Artículo 1º
Suspéndase el tránsito de camiones y vehículos con carga superior a 20 toneladas por calle Cochrane, en toda su extensión.
Asimismo, se suspende el tránsito de camiones y vehículos con carga superior a 15 toneladas por las siguientes calles de la ciudad de Arauco:
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Calle Caupolicán, en toda su extensión;
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Calle Carlos Condell, en toda su extensión, y
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Calle Esmeralda, en toda su extensión.
Los camiones que circulen con carro o remolque serán considerados por separado, para efectos de determinar los límites de tonelaje. De esta forma, tanto el camión como el respectivo carro o remolque deberán respetar los límites máximos establecidos.
Igualmente, se suspende la circulación de los vehículos articulados, que en su conjunto sobrepasen los 20 metros de largo.
Restricción horaria:
Los camiones y vehículos con carga entre 10 toneladas y el límite de tonelaje indicado en los incisos primero y segundo del presente artículo podrán circular por las calles señaladas sólo en los siguientes horarios:
De lunes a domingo, entre las 08:30 y las 11:30 horas, y entre las 20:00 y las 23:00 horas.
La presente suspensión rige hasta que las condiciones estructurales de las calles y vías de circulación aseguren debidamente a los vecinos frente a los riesgos de accidentes o hasta que entre en operación la nueva ruta de circunvalación a la ciudad de Arauco, que se encuentra en construcción.
Exceptúanse de la aplicación de la...
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