Decreto núm. 173, publicado el 26 de Abril de 1996. PROMULGA ACUERDO N° 45 DEL CONCEJO MUNICIPAL - MUNICIPALIDAD DE ESTACION CENTRAL - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 471162650

Decreto núm. 173, publicado el 26 de Abril de 1996. PROMULGA ACUERDO N° 45 DEL CONCEJO MUNICIPAL

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE ESTACION CENTRAL
Rango de LeyDecreto

PROMULGA ACUERDO N° 45 DEL CONCEJO MUNICIPAL Núm. 173 exento.- Estación Central, 15 de abril de 1996.- Vistos: Estos antecedentes: Acuerdo N° 45 del Concejo Municipal de Estación Central de fecha 04.04.96; Modificación Ordenanza para el Cobro y Exención del Derecho de Aseo de la Comuna antecedentes todos que rolan a fs. 03 y en virtud de las facultades que me confiere el art. 56° de la Ley 18.695/88 Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones posteriores,

D e c r e t o:

  1. - Promúlgase el acuerdo N° 45 del Concejo

Municipal de Estación Central de fecha 4 de abril de

1996, mediante el cual acordó aprobar la modificación al

Inciso Tercero y siguientes del Artículo 11° de la

Ordenanza N° 22 sobre Cobro de los Derechos de Aseo como

sigue:

Sustitúyase el actual Inciso 3° y siguientes del

Artículo 11°

de la Ordenanza N° 22, por los siguientes:

Para solicitar el beneficio de exención total o parcial, los usuarios podrán presentar la solicitud pertinente en la Dirección de Desarrollo Comunitario.- Sin perjuicio de lo anterior, la Municipalidad podrá determinar si exime total o parcialmente, a aquellas personas que no lo hayan solicitado expresamente, atendiendo a sus condiciones socioeconómicas.

El beneficio de exención total o parcial producirá sus efectos a contar desde el 1 de enero del año para el cual el usuario presentó la solicitud, o que la Municipalidad se lo haya concedido, de acuerdo al párrafo anterior, y tendrá una vigencia de tres años, terminando esta exención automáticamente al cabo del tercer año, y será nuevamente repuesta la exención a solicitud expresa del usuario del servicio, solicitud que deberá ser...

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