Decreto núm. 190, publicado el 21 de Enero de 1988. FIJA ORDENANZA MUNICIPAL
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MUNICIPALIDAD DE FREIRE |
Rango de Ley | Decreto |
FIJA ORDENANZA MUNICIPAL
Núm. 190.- 28 de Diciembre de 1987.- Vistos: Lo dispuesto en el Art. No. 42 del DL No. 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales, el Decreto Municipal No. 45 de fecha 02 de Noviembre de 1983, el Decreto Municipal No. 26, del 21 de Junio de 1984, el Dcto. Municipal No. 96, de 31 de Diciembre de 1984, el Dcto. Municipal No. 167, del 31 de Diciembre de 1985, las facultades que me confiere el DL No. 1.289, de 1975, Ley Orgánica de Municipalidades y Administración Comunal, la resolución No. 1.050, de 1980, de la Contraloría General de la República, que fija el texto refundido sobre la Exención de la Toma de Razón.
Decreto:
Fíjanse los siguientes valores por los Derechos Municipales por servicios municipales, concesiones o permisos otorgados por la I. Municipalidad de Freire, para el año 1988.
La presente ordenanza tiene por objeto regular la forma de cobro y el monto de los derechos municipales que deben pagar los que obtengan de la Municipalidad una concesión, un permiso o reciban un servicio.
Liquidación y Pago de los Derechos.
Cada Departamento Municipal confeccionará la liquidación de derechos que proceda según se establece en esta Ordenanza y la dará a conocer al interesado, quien deberá enterar su pago en la Tesorería Municipal, dentro del plazo que corresponda.
Acreditando el pago mediante el comprobante que otorgue la Tesorería, el Departamento Municipal que corresponda otorgará la concesión, el permiso o prestará el servicio.
En cada caso se dejara testimonio del pago efectuado en el registro correspondiente con indicación del Boletín de Ingreso y la fecha.
Devolución de Derechos Municipales
Cuando por algún motivo corresponda devolver todo o parte de algún derecho municipal, ello deberá hacerse por Decreto de Pago de la Alcaldía, previo informe del Departamento correspondiente.
Copia de dicho Decreto, se entregará al Departamento respectivo para su anotación en los registros.
Departamento de Aseo y Ornato
Los servicios especiales por extracción de basuras, escombros y otros, pagarán por concepto de derechos municipales, los que a continuación se indican:
-
Aseo domiciliario: $ Anual
-
Retiro de escombros, por m3 10% UTM
-
Retiro de ramas, hojas y otros
provenientes de jardines, por m3. 10% UTM
-
Retiro de escombros y desperdicios
Indust. o Part. 20% UTM
De la Dirección del Tránsito y Tesorería Municipal
Los servicios por trabajos especiales que se indican, pagarán los derechos municipales que se señalan:
-
Retiro de vehículos 50% UTM
-
Retiro de kioscos 1 UTM
El permiso de estacionamiento reservado en bienes de uso público, cuando la Ley de Tránsito lo permita, estará gravado con los siguientes valores anuales:
-
Automóviles, Camionetas, Station Wagons 2 UTM
-
Vehículos de transporte de pasajeros,
carga y otros. Incluye Taxis y Colectivos 25% UTM
Los servicios municipales por revisiones técnicas de vehículos efectuadas para cualquier trámite que no sea el otorgamiento del permiso de circulación pagarán los siguientes derechos:
-
Verificación de número de motor,
transformaciones clasificadas y otros afines
incluido el certificado correspondiente
cuando sea necesario 10% UTM
-
Revisión y control de taxímetro,
incluye sello 10% UTM
Los servicios por exámenes, anotaciones, otorgamiento de duplicados, certificados y otros, pagarán los siguientes derechos:
-
Sellos y/o certificados de permiso
de circulación (duplicados o por
transferencias) 5% UTM
-
Duplicados de Licencias de Conducir,
anterior Ley No. 18.290 50% UTM
-
Permisos para practicar la conducción
de vehículos motorizados, por semana 10% UTM
-
Certificados de antigüedad de
chofer u otros 5% UTM
-
Guías de libre Tránsito, cada una $ 25
-
Control anual para conductores con
Licencia Clase A-1 y con conductores
mayores de 65 años de edad 25% UTM
-
Control cada seis años para conductores
con Licencia Clase A-2, B, C, y D 50% UTM
-
Control cada seis años para conductores
con Licencia clase E 25% UTM
-
Cambio de clase o extensión a otras
clases adicionales a las ya autorizadas
a conductores que están en posesión de
licencias conforme a la Ley No. 18.290 25% UTM
-
Duplicado de Licencia de Conductor,
cualquiera sea su clase 25% UTM
-
Cambio de domicilio, examen de reglamento
práctico, físico o síquico, cuando no se
trata del que debe rendirse para el
...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba