Decreto 193 EXENTO - APRUEBA NORMA GENERAL DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 239767650

Decreto 193 EXENTO - APRUEBA NORMA GENERAL DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA

EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyDecreto

APRUEBA NORMA GENERAL DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Santiago, 17 de abril de 2009.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 193 exento.- Visto: El Instructivo Presidencial para la Participación Ciudadana en la Gestión Pública Nº008, de 27 de agosto de 2008; el DFL Nº294 de 1960, orgánico del Ministerio de Agricultura; la ley Nº20.285 sobre acceso a la información pública; el DFL Nº1 publicado en el D.O. de 17 de noviembre de 2001 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; lo dispuesto en los artículos 6, 7 y 32 Nº6, de la Constitución Política de la República, y lo dispuesto en la resolución Nº1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

Que el 29 de septiembre de 2006, S.E. la Presidenta de la República anunció públicamente la Agenda Pro Participación Ciudadana, comprometiendo transversalmente a todos los órganos de la Administración del Estado y propiciando que cada sector formule sus iniciativas de participación ciudadana.

Que este carácter transversal permite al Estado en su conjunto hacer una contribución al perfeccionamiento del sistema democrático del país, por medio de diversas iniciativas tendientes a promover la participación ciudadana en la gestión pública en torno a cuatro ejes programáticos:

  1. - Derecho Ciudadano a la información pública;

  2. - Gestión Pública Participativa;

  3. - Fortalecimiento de la sociedad civil, y

  4. - No discriminación y respeto a la diversidad.

Que el Instructivo Presidencial para la Participación Ciudadana en la Gestión Pública, del 27 de agosto de 2008, dispone en la letra a. de su numeral 6 que "como la participación ciudadana es un deber para cada órgano de la Administración del Estado, éstos estarán obligados a establecer una norma general de participación...",

Decreto:

Apruébase la siguiente Norma General de Participación Ciudadana del Ministerio de Agricultura.

NORMA GENERAL DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA

Título I Disposiciones Generales Artículos 1 y 2
Artículo 1º

La presente norma general de participación ciudadana del Ministerio de Agricultura regula la forma en que las personas pueden incidir en el desarrollo de las políticas públicas que son de su competencia.

Cada servicio y entidad dependiente o relacionada con el Ministerio de Agricultura aprobará una norma particular de participación ciudadana que se enmarcará en lo dispuesto por el presente decreto y en los ejes programáticos que detalla el artículo 2º.

Artículo 2º

La incorporación de la participación ciudadana en la gestión pública del Ministerio de Agricultura se fundamenta en los siguientes ejes programáticos:

i) Derecho Ciudadano a la Información Pública: las políticas públicas deben ser conocidas por la sociedad, especialmente por quienes son sus destinatarios, tanto en el acceso a la oferta de los...

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