Resolucion núm. 95 EXENTA, el 06 de Abril de 2009. DECRETA RETIRO DE CERCOS Y ELIMINACIÓN DE TRAZADOS DE PROPIEDAD FISCAL QUE SEÑALA - MINISTERIO DEL INTERIOR - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470002030

Resolucion núm. 95 EXENTA, el 06 de Abril de 2009. DECRETA RETIRO DE CERCOS Y ELIMINACIÓN DE TRAZADOS DE PROPIEDAD FISCAL QUE SEÑALA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR
Rango de LeyResolución

DECRETA RETIRO DE CERCOS Y ELIMINACIÓN DE TRAZADOS DE PROPIEDAD FISCAL QUE SEÑALA

Núm. 95 exenta.- Vallenar, 20 de febrero de 2009.- Vistos: Lo expuesto en el Ord. Nº 256, de 5 de febrero de 2009 del Seremi de Bienes Nacionales, señor Walter González Morales, quien solicita el desalojo de terrenos fiscales de propiedad del Ministerio de Bienes Nacionales y ocupados ilegalmente; las atribuciones que me confieren el art. 26 letra f) del DFL Nº 22 de 1959 y Art. 4º, letras d) y h) de la ley Nº 19.175 Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; decreto Nº 281, del 11 de marzo de 2006, del Ministerio del Interior, y resolución Nº 1.600 de la Contraloría General de la República del año 2008.

Considerando

  1. Que, corresponde a esta autoridad velar por el cumplimiento de las leyes y reglamentos que rigen a los diversos servicios públicos.

  2. Que, dentro de tales facultades se encuentra la de vigilar y cuidar la conservación de bienes del Estado, en particular del respeto al uso para los cuales fueron destinados, e impedir que se ocupen en todo o parte por personas ajenas a su beneficio o ámbito legal, y se restituyan en la medida que la entidad lo solicite.

  3. Que de acuerdo a lo informado por la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales, visita ocular a terreno y los antecedentes consultados y tenidos a la vista, se ha determinado que en comuna de Huasco, sector de Carrizal Bajo, entre las calles Independencia, Anselmo Escobar, Errázuriz, Manuel Orellana, Puerto Huasco y Olegario Leiva, se ha procedido a cercar y delimitar terrenos fiscales y emplazar irregularmente viviendas, situación que genera riesgo a la integridad física de los ocupantes, amén del deterioro ambiental del ecosistema del litoral y el menoscabo de la plusvalía del patrimonio fiscal; generándose de este modo las condiciones para la ocupación material ilegal, sin derecho alguno de la propiedad fiscal en el sector ya indicado.

  4. Que el Seremi de Bienes Nacionales de la Tercera Región de Atacama, y mediante oficio ordinario Nº 256, de fecha 5 de febrero, solicita a esta Gobernación el retiro de mejoras, cercos y eliminación de trazados en el sector indicado en el punto 3º.

  5. Que tal situación de ocupación contraviene abiertamente la legislación vigente, causando graves perjuicios a los intereses fiscales al no poder disponer de sus propios bienes inmuebles.

  6. Que, es de imperiosa necesidad que la autoridad determine una...

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