Decreto 2565 - DECLARA CAMINOS PUBLICOS VIAS QUE INDICA EN VIII REGION DEL BIO BIO - MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 243673058

Decreto 2565 - DECLARA CAMINOS PUBLICOS VIAS QUE INDICA EN VIII REGION DEL BIO BIO

EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyDecreto

DECLARA CAMINOS PUBLICOS VIAS QUE INDICA EN VIII REGION DEL BIO BIO

Núm. 2.565.- Santiago, 30 de junio de 2000.- Vistos:

- El DFL MOP Nº 850, de 1997, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840, de 1964, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas y del DFL Nº 206, de 1960, Ley de Caminos;

- El DL Nº 1.305 V. y U., de 1976, que reestructura y regionaliza el Ministerio de Vivienda y Urbanismo;

- El DFL Nº 458 V. y U., de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones;

- El D.S. Nº 216 V. y U., de 1980, Plan Regulador Metropolitano de Concepción y sus modificaciones posteriores, en especial el artículo 13;

- Lo dispuesto por el artículo 1, Nº 28, del D.S. Nº 654, del Ministerio del Interior, de 1994;

- La resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República, que fija el texto refundido, sistematizado y coordinado de la resolución Nº 55, de 1992.

Considerando:

- El imperativo de coordinar las acciones de los servicios responsables de la construcción y conservación de las obras de pavimentación de las calles o avenidas que unen caminos públicos.

- Que es necesario definir calles y avenidas urbanas que serán administradas por la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas.

- Que el decreto con fuerza de ley Nº 850, del Ministerio de Obras Públicas, de fecha 12 de septiembre de 1997, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840, de 1964, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas y del DFL Nº 206, de 1960, Ley de Caminos, permite declarar caminos públicos a dichas calles o avenidas urbanas.

- La necesidad de complementar lo establecido en el D.S. Nº 412, de 1985; el D.S. Nº 351, de 1994 y el D.S.

Nº 708, de 1998, para incluir vías urbanas en el Area Intercomunal de Concepción, con el objeto de dar conectividad desde el sector Puente Viejo en la comuna de Concepción hasta el acceso sur de la comuna de Chiguayante.

D e c r e t o:

Decláranse caminos públicos en el Area Intercomunal de Concepción, las vías que a continuación se señalan y agrégase al punto 1º del D.S. Nº 412, de 1985, complementado por el...

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