Decreto 665 - DECLARA CADUCIDAD DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN MÍNIMA COBERTURA QUE INDICA - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 238703030

Decreto 665 - DECLARA CADUCIDAD DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN MÍNIMA COBERTURA QUE INDICA

EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

DECLARA CADUCIDAD DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN MÍNIMA COBERTURA QUE INDICA

Santiago, 13 de agosto de 2008.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 665.- Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;

  2. La ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;

  3. El número 1º del artículo 3º del párrafo III de la resolución Nº 55 de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado, fue fijado por la resolución Nº 520 de 1996, ambas de la Contraloría General de la República;

  4. El decreto supremo Nº 126, de 01.04.1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora; y,

  5. El decreto supremo Nº 530, de 27.12.2005, que renueva la concesión de radiodifusión sonora en mínima cobertura, otorgada por decreto supremo Nº 653, de 30.10.2003, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, a la Sociedad Comunicaciones Rapel Limitada, para la comuna de San Vicente, VI Región.

    Considerando:

  6. Que, mediante sentencia de 19.05.2008 pronunciada en el procedimiento de cargo Rol Nº 33.149-2007, se sancionó a la Sociedad Comunicaciones Rapel Limitada con la caducidad de la concesión individualizada en la letra e) de los Vistos;

  7. Que, la sentencia señalada en el considerando anterior no fue apelada;

  8. Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso final del artículo 36º de la ley, la caducidad...

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