Ordenanza núm. 4, publicada el 18 de Julio de 2014. INTRODUCE ARTÍCULOS TRANSITORIOS A LA ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE TARIFAS DE ASEO DOMICILIARIO - MUNICIPALIDAD DE PEÑALOLÉN - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 520282014

Ordenanza núm. 4, publicada el 18 de Julio de 2014. INTRODUCE ARTÍCULOS TRANSITORIOS A LA ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE TARIFAS DE ASEO DOMICILIARIO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE PEÑALOLÉN
Rango de LeyOrdenanza

INTRODUCE ARTÍCULOS TRANSITORIOS A LA ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE TARIFAS DE ASEO DOMICILIARIO

Peñalolén, 27 de junio de 2014.- Hoy se ha ordenado lo siguiente:

Núm. 4.- Vistos: La ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se encuentra contenido en el DFL Nº 1, de 2006, del Ministerio del Interior; el decreto ley Nº 3.063, de 1979, de Rentas Municipales; el decreto supremo Nº 69, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que contiene las condiciones generales para la fijación de la tarifa de aseo que las municipalidades cobrarán por el servicio de extracción usual y ordinaria de residuos sólidos domiciliarios, y; el decreto Alcaldicio Nº 1.300/6398, de 2010, que aprobó la Ordenanza sobre condiciones generales para la fijación de tarifas de aseo, exenciones totales y parciales del servicio domiciliario por extracción de basuras, modificado por la Ordenanza Municipal Nº 2, de 23 de diciembre de 2013.

Considerando: Que, en sesión ordinaria Nº 56, celebrada el 26 de junio de 2014, el H. Concejo Municipal acuerda introducir a la ordenanza sobre tarifas por el servicio de aseo domiciliario un par de artículos transitorios a fin de extender el período de vigencia de las exenciones.

Ordeno:

  1. - Introdúcense al decreto alcaldicio Nº 1.300/6398, de 2010, que contiene la Ordenanza sobre condiciones generales para la fijación de tarifas de aseo, exenciones totales y parciales del servicio domiciliario por extracción de basuras, los siguientes dos artículos transitorios:

"Artículo primero transitorio.- Las exenciones totales y parciales a que se refiere el Título VII, "De las exenciones y rebajas de tarifa", de la "Ordenanza Municipal sobre Condiciones Generales para la Fijación de Tarifas de Aseo, Exenciones Totales y Parciales del Servicio Domiciliario por Extracción de Basuras" -que reconozca la municipalidad hasta el año 2016- se mantendrán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2017, no siendo aplicable durante dicho período el numeral 3, del artículo 37 ni el inciso segundo del artículo 40 de la referida Ordenanza. Se dictará uno o más decretos alcaldicios en el que se individualizarán las personas que mantendrán el referido beneficio hasta...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR