Resolucion núm. 7 EXENTA, el 08 de Febrero de 2008. ESTABLECE REGULACIONES CUARENTENARIAS PARA EL CONTROL Y ERRADICACIÓN DE LA MOSCA DEL MEDITERRÁNEO (CERATITIS CAPITATA W.) EN LUGARES QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE AGRICULTURA |
Rango de Ley | Resolución |
ESTABLECE REGULACIONES CUARENTENARIAS PARA EL CONTROL Y ERRADICACIÓN DE LA MOSCA DEL MEDITERRÁNEO (CERATITIS CAPITATA W.) EN LUGARES QUE INDICA
Núm. 7 exenta.- Iquique, 31 de enero de 2008.- Vistos: Lo dispuesto en el decreto ley Nº 3.557 de 1980, sobre Protección Agrícola, la ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero, modificada por la ley Nº 19.283 y sus modificaciones posteriores, la resolución Nº 3.513 exenta del SAG de 7 de diciembre de 1995, publicada en el Diario Oficial el 13 de diciembre del mismo año,
Considerando:
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Que, por resolución exenta Nº 3.513, citada en Vistos, se declaró a Chile como país libre de la plaga de los vegetales conocida como "Mosca del Mediterráneo" (Ceratitis capitata Wied).
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Que, con fecha 30.01.08, se ha detectado la presencia de 2 ejemplares adultos del insecto, en el área urbana de la comuna de Iquique.
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Que en virtud de lo dispuesto en el Nº 3 de la resolución Nº3.513, el Servicio está facultado para adoptar las medidas fitosanitarias que sean necesarias para el control y erradicación de esta plaga.
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Que debe entenderse por área reglamentada, aquella en la que plantas, productos vegetales y otros artículos reglamentados, que ingresan a ella, se mueven dentro de ella y provienen de la misma, están sujetas a medidas fitosanitarias.
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Que para el caso de la "Mosca del Mediterráneo" (Ceratitis capitata Wied), dicha área reglamentada, corresponde a una superficie cubierta por un radio de 7,2 Km. alrededor de las detecciones,
Resuelvo:
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Establécese:
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A partir del 31.01.08, como área reglamentada, el polígono de 18 vértices, determinado por las siguientes coordenadas UTM, señaladas a continuación:
Coordenadas UTM
Datum WGS84 Huso 19
Vértice Este (X) Norte (Y)
1 379589 7770204
2 381489 7770374
3 383162 7770091
4 384721 7769438
5 386678 7767794
6 387869 7765639
7 388379 7763172
8 387954 7760705
9 387046 7759202
10 386309 7758181
11 385430 7757416
12 383729 7756452
13 382623 7756168
14 381716 7756055
15 378880 7756395
16 375506 7758777
17 374003 7763654
18 376101 7768304
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El polígono que determinará el área reglamentada incorpora parcialmente las siguientes comunas: Iquique y Alto Hospicio.
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Todos los productos vegetales hospederos de "Mosca del Mediterráneo" producidos en el área...
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