Decreto 277 - OTORGA A EMPRESA ELÉCTRICA DE MELIPILLA, COLCHAGUA Y MAULE S.A., EMELECTRIC S.A., CONCESIÓN DEFINITIVA DE SERVICIO PÚBLICO DE DISTRIBUCIÓN EN LA REGIÓN METROPOLITANA - MINISTERIO DE ENERGÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 234554946

Decreto 277 - OTORGA A EMPRESA ELÉCTRICA DE MELIPILLA, COLCHAGUA Y MAULE S.A., EMELECTRIC S.A., CONCESIÓN DEFINITIVA DE SERVICIO PÚBLICO DE DISTRIBUCIÓN EN LA REGIÓN METROPOLITANA

EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Rango de LeyDecreto

OTORGA A EMPRESA ELÉCTRICA DE MELIPILLA, COLCHAGUA Y MAULE S.A., EMELECTRIC S.A., CONCESIÓN DEFINITIVA DE SERVICIO PÚBLICO DE DISTRIBUCIÓN EN LA REGIÓN METROPOLITANA

Núm. 277.- Santiago, 10 de noviembre de 2010.- Visto: Lo informado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles en su oficio ord. Nº 10005/ ACC527977/DOC307491/, de 5 de octubre de 2010; lo dispuesto en los artículos 11º y 29º del D.F.L. Nº 4/20.018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del D.F.L. Nº 1, de 1982, del Ministerio de Minería, en adelante, Ley General de Servicios Eléctricos, y sus modificaciones posteriores; en el D.L. Nº 2.224, de 1978, y sus modificaciones posteriores, especialmente la realizada por la ley Nº 20.402; en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República,

Considerando: Lo informado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles en su oficio ord. Nº 10005/ACC527977/DOC307491/, de fecha 5 de octubre de 2010, el cual pasa a formar parte del presente acto administrativo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41 de la ley Nº 19.880,

Decreto:

Artículo 1º

Otórgase a Empresa Eléctrica de Melipilla, Colchagua y Maule S.A., EMELECTRIC S.A., concesión definitiva para establecer, operar y explotar, en la Región Metropolitana, provincia de Melipilla, comuna de Alhué, las instalaciones de servicio público de distribución de energía eléctrica constitutivas del siguiente proyecto:

Artículo 2º

El objetivo de estas instalaciones será suministrar energía eléctrica en la zona de concesión que se define en el artículo 8º del presente decreto.

Artículo 3º

El presupuesto del costo de las obras asciende a $21.840.726.- (veintiún millones ochocientos cuarenta mil setecientos veintiséis pesos).

Artículo 4º

Copia de los planos generales de obras, de las memorias explicativas y de los demás antecedentes técnicos que pasan a formar parte del presente decreto, quedarán archivadas en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

Artículo 5º

No se constituyen servidumbres legales, atendido que las instalaciones utilizan en su recorrido bienes...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR