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Decreto núm. 367, publicado el 18 de Mayo de 1995. AUTORIZA A ASAMBLEA CRISTIANA APOSTOLICA PROFETICA, PARA DESARROLLAR ACTIVIDADES EN EL PAIS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA
Rango de LeyDecreto

AUTORIZA A "ASAMBLEA CRISTIANA APOSTOLICA PROFETICA", PARA DESARROLLAR ACTIVIDADES EN EL PAIS Santiago, 19 de Abril de 1995.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 367.- Vistos: estos antecedentes, lo dispuesto en el Art. 32, N° 8, de la Constitución Política de la República, en el Decreto Supremo de Justicia N° 924, de 1981; en el artículo 34 del Decreto Reglamentario N° 110, publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1979 y lo informado por el Sr. Intendente de la Región Metropolitana, por el Sr. Subsecretario del Interior y por el Consejo de Defensa del Estado,

D e c r e t o :

  1. - Autorízase a la entidad denominada "Asamblea Cristiana Apostólica Profética", con domicilio en la ciudad de Córdoba, República Argentina, cuyos antecedentes se encuentran debidamente legalizados, para que desarrolle actividades en el país, de acuerdo a los objetivos señalados en sus estatutos protocolizados bajo el N° 49, con fecha 21 de junio de 1994, ante el Notario Público de Santiago, don Raúl Iván Perry Pefaur, siempre que se ajusten a las leyes chilenas y no contraríe las buenas costumbres y el orden público.

    La entidad autorizada por el presente decreto fue constituida, organizada y existe conforme a las leyes de la República Argentina, según consta del certificado de fecha 2 de noviembre de 1994, debidamente legalizado, que acredita que la entidad solicitante se encuentra legalmente establecida y la autorización está actualmente vigente. Este documento se encuentra rubricado por doña María Cristina Curtino, de la Dirección General de la Inspección de Sociedades Jurídicas del Ministerio de Gobierno de Córdoba, de la República de Argentina.

  2. - El término durante el cual desarrollará sus actividades en el país será indefinido a contar de la fecha de publicación del presente decreto en el Diario Oficial.

  3. - El domicilio de la citada entidad será la provincia de Santiago, Región Metropolitana, calle Santa Marta N° 18, San Bernardo.

  4. - El representante de la...

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