Decreto 346 EXENTO - AUTORIZA A 'CORPORACIÓN DE AYUDA AL NIÑO QUEMADO' PARA EFECTUAR COLECTA PÚBLICA - MINISTERIO DEL INTERIOR - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 365450882

Decreto 346 EXENTO - AUTORIZA A 'CORPORACIÓN DE AYUDA AL NIÑO QUEMADO' PARA EFECTUAR COLECTA PÚBLICA

EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor14 de Febrero de 2012

AUTORIZA A "CORPORACIÓN DE AYUDA AL NIÑO QUEMADO" PARA EFECTUAR COLECTA PÚBLICA

Santiago, 25 de enero de 2012.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 346 exento.- Vistos: Lo dispuesto en la ley Nº 10.262, de 1952; la ley Nº 16.436, de 1966; el decreto supremo N° 955, de 1974, del Ministerio del Interior; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y los antecedentes adjuntos,

Decreto:

  1. - Autorízase a la entidad denominada "Corporación de Ayuda al Niño Quemado, Coaniquem, para realizar una colecta pública en todo el territorio nacional, el día viernes 1 de junio de 2012.

  2. - Las utilidades, producto de esta colecta, serán destinadas a financiar los gastos operacionales de los Centros de Rehabilitación de Niños Quemados de la comuna de Pudahuel, en Santiago, y de las ciudades de Antofagasta y Puerto Montt. Asimismo, se financiarán los gastos operacionales del Colegio Casabierta Coaniquem y Centro de Hospedaje Casabierta, de Santiago.

  3. - Las erogaciones sólo podrán recibirse en alcancías numeradas y controladas por el Intendente o Gobernador respectivo o las personas que se designen en su representación.

  4. - La referida Institución deberá remitir al Ministerio del Interior y Seguridad Pública, dentro del plazo de sesenta días, contados desde la fecha de realización de la colecta, un informe detallado y documentado de los...

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