Decreto núm. 65, publicado el 28 de Febrero de 1987. APRUEBA CONVENIO EN VIRTUD DEL CUAL EL MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA ENTREGA A LA CORPORACION DE ESTUDIO, CAPACITACION Y EMPLEO DE LA CAMARA DE LA PRODUCCION Y DEL COMERCIO DE CONCEPCION LA ADMINISTRACION DEL LICEO INDUSTRIAL B - 42, DE CORONEL, EN CONFORMIDAD CON EL DECRETO LEY N° 3.166 DE 29 DE ENERO DE 1980, Y CON EL REGLAMENTO APROBADO POR DECRETO SUPREMO N° 5.077, DE EDUCACION, DE 19 DE JUNIO DE 1980 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 471001026

Decreto núm. 65, publicado el 28 de Febrero de 1987. APRUEBA CONVENIO EN VIRTUD DEL CUAL EL MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA ENTREGA A LA CORPORACION DE ESTUDIO, CAPACITACION Y EMPLEO DE LA CAMARA DE LA PRODUCCION Y DEL COMERCIO DE CONCEPCION LA ADMINISTRACION DEL LICEO INDUSTRIAL B - 42, DE CORONEL, EN CONFORMIDAD CON EL DECRETO LEY N° 3.166 DE 29 DE ENERO DE 1980, Y CON EL REGLAMENTO APROBADO POR DECRETO SUPREMO N° 5.077, DE EDUCACION, DE 19 DE JUNIO DE 1980

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyDecreto

APRUEBA CONVENIO EN VIRTUD DEL CUAL EL MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA ENTREGA A LA "CORPORACION DE ESTUDIO, CAPACITACION y EMPLEO DE LA CAMARA DE LA PRODUCCION y DEL COMERCIO DE CONCEPCION" LA ADMINISTRACION DEL LICEO INDUSTRIAL B - 42, DE CORONEL, EN CONFORMIDAD CON EL DECRETO LEY N° 3.166 DE 29 DE ENERO DE 1980, Y CON EL REGLAMENTO APROBADO POR DECRETO SUPREMO N° 5.077, DE EDUCACION, DE 19 DE JUNIO DE 1980

Núm. 65.- Santiago, 09 de Febrero de 1987. Considerando:

  1. - Que el Supremo Gobierno propicia un modelo social que sea congruente con la institucionalidad política y económica de una sociedad libre y eficiente, lo que exige, en materia educacional, la adopción de medidas que hagan efectivo el principio de subsidiaridad y la democracia participativa a través de los cuerpos intermedios;

  2. - Que para el mejoramiento cualitativo de la Educación Técnico - Profesional, es conveniente aprovechar la cooperación de personas jurídicas del sector privado que no persigan fines de lucro, que están vinculadas al sector productivo que requieren los técnicos del nivel medio a formar, vinculando, de esta manera, el respectivo establecimiento educacional e incorporando a ellos la tecnología adecuada a las especialidades y a la demanda ocupacional.

Visto: Lo dispuesto en el Art. 32 N° 8 de la Constitución Política de la República de Chile; Decreto Ley N° 3.166, Decreto Supremo de Educación N° 5.077, ambos de 1980; Decreto Supremo de Educación No 632, de 1983 y la Resolución N° 1.050 de 1980, de la Contraloría General de la República,

Decreto:

Artículo 1°

Apruébase el Convenio suscrito entre el Ministerio de Educación Pública y la "Corporación de Estudio, Capacitación y Empleo de la Cámara de la Producción y del Comercio de Concepción en virtud del cual se entrega a esta última la administración del Liceo Industrial B-42, de Coronel cuyo texto es el siguiente:

CONVENIO

En Santiago de Chile, a 09 de Febrero de 1987, entre el Ministerio de Educación Pública, representa. do por el señor Ministro de Educación Pública, don Sergio Gaete Rojas, ambos domiciliados en esta ciudad, Avenida Libertador General Bernardo O'Higgins N° 1371, 7° piso, en adelante, "el Ministerio", por una parte; y por la otra la Corporación de Estudio, Capacitación y Empleo de la Cámara de la Producción y del Comercio de Concepción persona jurídica de derecho privado sin fines de lucro, cuya existencia legal está autorizada por Decreto Supremo N° 146 de fecha 30 de Enero de 1987 del Ministerio de Justicia; representada por su Presidente don Jan Stengel Meierdirks y por su Gerente don Pedro Larraín Tobar, todos domiciliados en calle Libertador Bernardo O'Higgins N° 820 de la ciudad de Concepción, en adelante, "la Corporación", se celebra el siguiente Convenio:

PRIMERO: Tanto "el Ministerio" como "la Corporación" están interesados en el mejoramiento cualitativo de la Educación Media Técnico - Profesional con el objeto de contar con técnicos de nivel medio más eficientes, por lo que, para conseguir esta finalidad se ha estimado indispensable propender a la integración, en la medida posible, de los Establecimientos Educacionales donde se forman estos técnicos con personas jurídicas de derecho privado sin fines de lucro, cuyo objeto principal diga directa relación con las finalidades perseguidas con la creación del respectivo Establecimiento Educacional.

SEGUNDO: De acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 3.166, reglamentado por el Decreto Supremo de Educación N° 5.077, ambos de 1980, "el Ministerio" entrega a "la Corporación", la administración del Liceo Industrial B N° 42 de Coronel que imparte educación técnico - profesional de nivel medio. "La Corporación" acepta y asume la responsabilidad que se le confía.

La entrega del Liceo Industrial B N° 42 de Coronel se hará en conformidad con las disposiciones legales y reglamentarlas citadas en esta cláusula.

En cumplimiento con lo prescrito en el Artículo 3° del Decreto Supremo de Educación N° 5.077, de 1980, se señala que las Especialidades, el número de funcionarios, de cursos y la cantidad general de alumnos de dicho establecimiento educacional, a la fecha de este Convenio son las siguientes:

Especialidades

  1. - Mecánica de Máquinas - Herramientas

  2. - Mantención Mecánica

  3. - Dibujo Mecánico

  4. - Mantención de Máquinas Eléctricas

  5. - Instalaciones Eléctricas de Alumbrado y Fuerza

N° de Funcionarios: 58

N° de Cursos: 19

N° de Alumnos: 581

TERCERO: De acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 3 del Decreto Ley N° 3.166 y en el Artículo 3° letra c) N° 9 del Decreto Supremo de Educación N° 5.077, ambos de 1980, se señala que el personal que a la fecha de este Convenio se desempeña en funciones docentes superiores, docentes propiamente tales, administrativos y de servicios en el Liceo Industrial B N° 42 de Coronel y que no continuará prestando servicios al Estado como consecuencia de la entrega de la administración del establecimiento, con identificación de su función, título, calidad jurídica de nombramiento y ubicación en la Escala Unica de Remuneraciones, es el que se indica en la nómina adjunta y que se anexa como parte integrante del presente Convenio.

CUARTO: El Liceo Industrial B N° 42, de Coronel cuya administración se traspasa corresponde al nivel de Enseñanza Media Técnico - Profesional, que se rige por los principios generales sobre educación chilena fijados en las normas constitucionales, legales y reglamentarias y en la política educacional del Supremo Gobierno, que ambas partes declaran conocer y respetar íntegramente.

"La Corporación" se...

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