Decreto 355 - APRUEBA CONVENIO SOBRE TRASPASO DE ESTABLECIMIENTO ASISTENCIAL QUE INDICA CELEBRADO ENTRE EL SERVICIO DE SALUD MAGALLANES Y LA MUNICIPALIDAD DE PUNTA ARENAS
Emisor | MINISTERIO DE SALUD |
Rango de Ley | Decreto |
APRUEBA CONVENIO SOBRE TRASPASO DE ESTABLECIMIENTO ASISTENCIAL QUE INDICA CELEBRADO ENTRE EL SERVICIO DE SALUD MAGALLANES Y LA MUNICIPALIDAD DE PUNTA ARENAS
Núm. 355.- Santiago, 31 de diciembre de 2001.- Visto: estos antecedentes; lo establecido en el decreto con fuerza de ley Nº 1-3.063 de 1980, del Ministerio del Interior y sus modificaciones; en los artículos 1º, 49 y 1º y 10º transitorios de la ley Nº 19.378 y 4º de su reglamento aprobado por decreto supremo Nº 2.296, de 1995, del Ministerio de Salud; en la ley Nº 18.469 y su reglamento aprobado por decreto supremo Nº 369, de 1985, del Ministerio de Salud; en los decretos supremos del mismo Ministerio Nº 164 y Nº 429 de 1981, Nº 101 y Nº 720, de 1987 y Nº 1.860 de 1995, y teniendo presente las facultades que me otorgan los artículos 32 Nº 8 y 35 de la Constitución Política del Estado,
D e c r e t o:
Apruébase el Convenio celebrado con fecha 27 de diciembre de 2001, entre el Servicio de Salud Magallanes y la I. Municipalidad de Punta Arenas, sobre traspaso de establecimiento asistencial que indica, cuyo texto es el siguiente:
"En Punta Arenas, a 27 de diciembre de 2001, entre el Servicio de Salud Magallanes, persona jurídica de derecho público, creada por el decreto ley Nº 2.763, de 1979, Rol Unico Tributario Nº 61.606.500-9, representado por su Directora Subrogante Dra. María Cristina Díaz Muñoz, chilena, casada, Médico Cirujano, cédula nacional de identidad Nº 6.643.518-0, ambos con domicilio en esta ciudad, en calle José Menéndez 589, en adelante "El Servicio", y la Ilustre Municipalidad de Punta Arenas, representada por su Alcalde Sr. Juan Enrique Morano Cornejo, chileno, casado, Técnico en Procesos Industriales, cédula nacional de identidad Nº 6.465.446-2, ambos con domicilio en esta ciudad, en Plaza Muñoz Gamero Nº 745, en adelante "La Municipalidad", se ha acordado celebrar un Convenio en materia de traspaso de establecimientos asistenciales a la administración municipal, en los siguientes términos:
Primero: Conforme a las normas contenidas en el decreto con fuerza de ley Nº 1-3.063, de 1980, del Ministerio del Interior y sus modificaciones, por el presente acto El Servicio entrega a La Municipalidad, quien acepta a título gratuito en comodato el Establecimiento Asistencial (Consultorio General Urbano Periférico) denominado "Dr. Mateo Bencur", ubicado en calle Capitán Guillermos Nº 0781, de la ciudad de Punta Arenas.
Se incluye en la entrega a La Municipalidad a título gratuito, el dominio de los bienes muebles, equipos e instalaciones destinados al funcionamiento del establecimiento mencionado precedentemente y que...
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