Decreto 3183 EXENTO - APRUEBA CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y EL CONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y LAS ARTES - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 343468422

Decreto 3183 EXENTO - APRUEBA CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y EL CONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y LAS ARTES

EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor 6 de Enero de 2012

APRUEBA CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y EL CONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y LAS ARTES

Núm. 3.183 exento.- Santiago, 29 de diciembre de 2011.- Considerando:

  1. Que, de acuerdo a los artículos y de ley Nº 18.956, de 1990, el Ministerio de Educación es la Secretaría de Estado encargada de fomentar el desarrollo de la educación en todos sus niveles; asegurar a toda la población el acceso a la educación básica, estimulando la investigación científica, tecnológica, la creación artística y la protección e incremento del patrimonio cultural de la Nación, detentando entre sus funciones, en especial, el proponer y evaluar las políticas y los planes de desarrollo educacional y cultural, asignando los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades educacionales y de extensión cultural.

  2. Que, de acuerdo a los artículos y de la ley 19.891 de 2003 del Ministerio de Educación, el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes es un servicio público autónomo, descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio cuyo objeto es apoyar el desarrollo de las artes y la difusión de la cultura, contribuir a conservar, incrementar y poner al alcance de las personas el patrimonio cultural de la Nación y promover la participación de éstas en la vida cultural del país.

  3. Que, en orden al cumplimiento del objeto precitado y de conformidad a los numerales 2), 3), 5) y 9) del artículo 3º de la misma ley, el Consejo, dentro de sus funciones, tiene la de ejecutar y promover la ejecución de estudios e investigaciones acerca de la actividad cultural y artística del país, así como sobre el patrimonio cultural de éste, apoyar la participación cultural y la creación y difusión artística, tanto a nivel de las personas como de las organizaciones que estas forman y de la colectividad nacional toda, la de establecer una vinculación permanente con el sistema educativo formal en todos sus niveles, coordinándose para ello con el Ministerio de Educación, con el fin de dar suficiente expresión a los componentes culturales y artísticos en los planes y programas de estudio y en la labor pedagógica y formativa de los docentes y establecimientos educacionales, así como la de establecer vínculos de coordinación y colaboración con todas las reparticiones públicas que, sin formar parte del Consejo ni relacionarse directamente con éste, cumplan también funciones en el ámbito de la cultura.

  4. Que, en el marco de sus políticas institucionales y objetivos, las entidades referidas se encuentran interesadas en dar concreción jurídica al convenio marco de colaboración conjunta.

  5. Que, por lo señalado en los considerandos anteriores, se hace necesario aprobar el convenio suscrito materia del presente decreto, y

Visto: Lo dispuesto en la Ley Nº 18.956, que Reestructura el Ministerio de Educación; en el artículo 1º, I, Nº 11 del decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia en el decreto de Educación Nº 812, de 1979; y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Decreto:

Artículo primero

Apruébase el Convenio entre el Ministerio de Educación y el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, cuyo texto es el siguiente:

CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y LAS ARTES

En Santiago, a 9 de agosto de 2011, entre el Ministerio de Educación, en adelante "el Mineduc" RUT Nº 60.901.000-2, representado por su Ministro don Felipe Bulnes Serrano, chileno, cédula nacional de identidad Nº 6.977.059-1, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Libertador General Bernardo O'Higgins Nº 1371, séptimo piso, ciudad y comuna de Santiago, y el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, en adelante "el Consejo", RUT Nº 60.901.002-9, representado por su Ministro Presidente don Luciano Cruz-Coke Carvallo, chileno, cédula nacional de identidad Nº 10.031.381-2, ambos domiciliados para estos efectos en Plaza Sotomayor Nº 233, ciudad y comuna de Valparaíso, se celebra el siguiente Convenio Marco de Colaboración:

Considerando:

  1. Que, de acuerdo a los artículos y de ley Nº 18.956, de 1990, el Ministerio de Educación es la Secretaría de...

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