Decreto núm. 63, publicado el 20 de Marzo de 1993. APRUEBA CONVENIO ENTRE SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO NORTE Y MUNICIPALIDAD DE RECOLETA, SOBRE ESTABLECIMIENTO ASISTENCIAL TRASPASADO QUE INDICA - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 471005390

Decreto núm. 63, publicado el 20 de Marzo de 1993. APRUEBA CONVENIO ENTRE SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO NORTE Y MUNICIPALIDAD DE RECOLETA, SOBRE ESTABLECIMIENTO ASISTENCIAL TRASPASADO QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyDecreto

APRUEBA CONVENIO ENTRE SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO NORTE Y MUNICIPALIDAD DE RECOLETA, SOBRE ESTABLECIMIENTO ASISTENCIAL TRASPASADO QUE INDICA Santiago, 20 de Enero de 1993.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 63.- Visto: lo establecido en el decreto ley N° 2763, de 1979; en los decretos con fuerza de ley N° 1-3.063, de 1980 y N° 29-18992, de 1991, ambos del Ministerio del Interior; en las leyes N° 18.294 y N° 18.992; en los decretos supremos N° 164, de 1981 y N° 739, de 1987 y en la resolución exenta N° 725, de 1992, todos del Ministerio de Salud; y en el decreto exento N° 155, de 1992, de la Municipalidad de Recoleta, y teniendo presente las facultades que me otorga el artículo 32 N° 8 y 35 de la Constitución Política del Estado.

Decreto:

Artículo 1°

Apruébase el convenio celebrado con fecha 1 de diciembre de 1992, entre el Servicio de Salud Metropolitano Norte y la Municipalidad de Recoleta, sobre consultorio general urbano traspasado, que indica.

El convenio que por este acto se aprueba tiene el siguiente texto:

CONVENIO En Santiago a 01 de Diciembre de 1992, entre el Servicio de Salud Metropolitano Norte, persona jurídica de Derecho Público, domiciliado en Maruri N° 272, Santiago, representado por su Director Subrogante Dr. Francisco Olivari Piña, de ese mismo domicilio, en adelante el Servicio y la Municipalidad de Recoleta, persona jurídica de Derecho Público, domiciliada en Recoleta N° 676, Santiago, representada por su Alcalde D. Ernesto Moreno Beauchemin, de ese mismo domicilio, en adelante la Municipalidad, se ha convenido lo siguiente:

PRIMERA: En virtud de lo establecido en el Decreto con Fuerza de Ley N° 1- 3.063, de 1980, del Ministerio del Interior y sus modificaciones y complementaciones, por Convenio de fecha 9 de Diciembre de 1987, aprobado por D.S. del Ministerio de Salud N° 739 de 24 de Diciembre de 1987 el Servicio traspasó en comodato a la I. Municipalidad de Santiago, entre otros establecimientos asistenciales, el Consultorio General Urbano "Independencia", ubicado en Avenida Independencia N° 1345 y en un inmueble de propiedad del Servicio.

SEGUNDA: El edificio en que funcionaba este Consultorio "Independencia", con motivo del sismo del año 1985, que sufrió daños de consideración, lo que obligó a la Municipalidad de Santiago a trasladarlo - con todos sus bienes muebles y personal - a un edificio de su propiedad, ubicado en Avenida Recoleta N° 740, el que previamente debió habilitar para las...

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