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Decreto núm. 421, publicado el 30 de Noviembre de 1992. APRUEBA CONVENIO ENTRE MINISTERIO DE EDUCACION E ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PAINE PARA LLEVAR A CABO PROYECTO QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Rango de LeyDecreto

APRUEBA CONVENIO ENTRE MINISTERIO DE EDUCACION E ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PAINE; PARA LLEVAR A CABO PROYECTO QUE INDICA

Núm. 421.- Santiago, 26 de Agosto de 1992.-

Considerando:

Que, el Programa de Habilitación de establecimientos de enseñanza media humanístico-científica en técnico-profesional, inserto en el Programa 03 "Modernización de la Educación Media

Técnico-Profesional", de la Subsecretaría de Educación, permitirá que alumnos de enseñanza media de sectores de población que tienen escasas posibilidades de acceder a la educación superior, puedan al egresar, insertarse adecuadamente en el mundo laboral;

Que, el citado programa, además, reforzará la acción de establecimientos de educación media

técnico-profesionales que estén impartiendo especialidades que requiera el desarrollo regional o quieran implementar una nueva con esas características;

Que, se hizo un llamado a los establecimientos educacionales de administración municipal, que reunieran ciertas características de urbano-marginalidad, ruralidad, atención de población escolar que tuviera escasas posibilidades de continuar estudios superiores, para que presentaran proyectos educativos orientados a crear opciones de calificación laboral;

Que, hecha la evaluación de los proyectos enviados, se escogió el que se acuerda desarrollar en el convenio que se aprueba por el presente decreto, entre el Ministerio de Educación y la Ilustre Municipalidad de Paine; y,

Visto: Lo dispuesto en las Leyes N°s 18.695, 18.956 y 19.103; D.F.L. de Interior N° 1-3.063, de 1980; Decreto Supremo de Hacienda N° 325, de 1992; Resolución de Educación Exenta N° 1.854, de 1992; y en los artículos 32 N° 8 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile,

Decreto:

Artículo 1°

Apruébase el siguiente convenio celebrado entre el Ministerio de Educación y la Ilustre Municipalidad de Paine, con el objeto de desarrollar un Proyecto de Habilitación del establecimiento educacional que consistirá en agregar especialidades de enseñanza media técnico-profesional.

Artículo 2°

Declárase que forman parte integrante de este decreto los documentos que se adjuntan: Anexo N° 1 "Bases para la postulación de Proyectos de Habilitación de Establecimientos de Enseñanza Media Humanístico-Científica en Técnico-Profesional"; Anexo N° 2 "Instrumento de Evaluación de Preselección de Proyectos de Habilitación de Establecimientos de Enseñanza Media Humanístico-Científica en.

Técnico-Profesional"; y Anexo N° 3 "Acta de acuerdos para seleccionar establecimientos que participarán en el Programa de Habilitación de Establecimientos de Enseñanza Media Humanístico-Científica en

Técnico-Profesional".

Artículo 3°

Los gastos que irrogue el cumplimiento del convenio que por este acto se aprueba, por un monto de hasta $85.000.000.-, que no excederán los montos consignados en la asignación presupuestaria correspondiente, se imputarán al ítem 09-01-03-31-74 cuando se trate de habilitación y mejoramiento y al ítem 09-01-03-31-50-002 cuando se trate de adquisición de máquinas, herramientas, equipos técnicos y computacionales, materiales, muebles e instalaciones necesarias para el cumplimiento del proyecto, de la Subsecretaría de Educación.

Anótese, tómese razón y publíquese.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República, Ricardo Lagos Escobar, Ministro de Educación.

Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda a usted.- Raúl Allard Neumann, Subsecretario de Educación.

CONVENIO PARA EL DESARROLLO DE PROYECTO DE

HABILITACION DEL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL CENTRO

EDUCACIONAL "ENRIQUE BERNSTEIN CARABANTES" DE PAINE,

HUMANISTICO-CIENTIFICO CON ESPECIALIDADES

TECNICO-PROFESIONALES

En Santiago, a 26 de Agosto de 1992, entre el Ministerio de Educación, representado por el Ministro don Ricardo Lagos Escobar, ambos domiciliados en Santiago, Avenida Libertador Bernardo O'Higgins N° 1371, 7° piso, en adelante el "Ministerio", y la Ilustre Municipalidad de Paine, representada por su Alcalde Don Alberto Krumm Valencia, ambos domiciliados en Paine y de paso en ésta, en adelante la "I. Municipalidad", se ha convenido en lo siguiente:

Primero: Las partes dejan constancia que:

  1. El "Ministerio", a través de la División de Educación General y de las Secretarías Regionales Ministeriales de Educación se contactó con las unidades educativas de educación media humanístico-científica del país, para que elaboraran y postularan Proyectos que se inserten en el Programa de Habilitación de establecimientos de educación media humanístico- científico en técnico-profesional.

  2. El Programa de Habilitación de establecimientos de educación media humanístico-científica en técnico-profesional, tiene por objetivo general crear opciones de calificación laboral, que posibiliten la incorporación positiva de los jóvenes a la vida laboral y coadyuven al desarrollo nacional.

  3. Diversas unidades educativas fueron seleccionadas para ejecutar sus respectivos Proyectos de Habilitación.

  4. Que, la siguiente unidad educativa, dependiente de la I. Municipalidad de Paine, de la Comuna de Paine, Provincia Maipo, Región Metropolitana, fue seleccionada para ejecutar un Proyecto de Habilitación.

    Nombre de la unidad educativa comprometida:

    "Centro Educacional Enrique Bernstein Carabantes" de Paine.

    Dirección:

    O'Higgins N° 540, Paine.

    Especialidades que implementará a partir del año escolar 1993:

    Agrícola y Gastronomía, conducentes al título de técnico de nivel medio: Técnico Agrícola y Técnico en Gastronomía, respectivamente.

    Segundo: Por este acto, el "Ministerio" y la "I.

    Municipalidad" se comprometen a desarrollar el Proyecto de Habilitación del establecimiento educacional que consistirá en agregar especialidades de enseñanza media técnico- profesional.

    El Proyecto deberá ejecutarse en conformidad a los términos en que fue presentado y en aquellos en que fue seleccionado y aceptado.

    Tercero: El Proyecto de Habilitación deberá comenzar a ejecutarse a contar desde la fecha de la total tramitación del acto administrativo que apruebe el presente Convenio.

    Cuarto: Las partes se comprometen a:

    1. El "Ministerio" a:

  5. Entregar la cantidad de $ 85.000.000.- para financiar el Proyecto de Habilitación mencionado en la cláusula segunda y que implicará obras de construcción de laboratorio, invernadero, sombreadero, bodega, cocina y otros que requieran las especialidades y para el equipamiento necesario para impartir las especialidades.

  6. Prestar asesoría técnica especializada para la implementación del Proyecto.

  7. Capacitar y/o perfeccionar a los docentes y docente-directivos del establecimiento educacional objeto del Proyecto.

    1. La I. Municipalidad de Paine a:

  8. Realizar las obras de infraestructura necesarias.

    Dichas obras las podrá ejecutar directamente, o a través de otros órganos de la administración del Estado de acuerdo a las facultades que le otorga la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, previa aprobación de la Secretaría Regional Ministerial de Educación correspondiente.

  9. Proveer de las instalaciones accesorias necesarias si el equipamiento de los talleres así lo requiriese y dotar del mobiliario escolar necesario en el aula y en el taller y/o laboratorio.

  10. Suministrar los insumos necesarios para que se puedan utilizar tanto la infraestructura como el equipamiento en el proceso enseñanza- aprendizaje de las especialidades y proveer a su mantención y conservación y destinarlo a su uso exclusivo.

  11. Disponer de los profesionales de la educación necesarios al proyecto y autorizarlos según corresponda para que asistan a las actividades de capacitación y/o perfeccionamiento.

  12. Elaborar y presentar a la Secretaría Regional Ministerial de Educación de la Región Metropolitana los planes y programas de las especialidades para su aprobación, antes del 30 de noviembre de 1992.

  13. Vincular el establecimiento educacional con empresas u organizaciones productivas o de servicios que permitan la integración del alumno al sector de actividad a que pertenece las especialidades impartida.

    Quinto: El Ministerio le encomienda a la

    1. Municipalidad de Paine que realice de acuerdo a lo señalado en la cláusula anterior las obras allí señaladas.

  14. El "Ministerio" le encomienda:

    1.1 Toda gestión técnica y administrativa para llevar adelante...

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