Decreto 237 - APRUEBA CONVENIO COMPLEMENTARIO Nº 2, QUE MODIFICA LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'CONCESIÓN VARIANTE VESPUCIO ? EL SALTO - KENNEDY' - MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 238967222

Decreto 237 - APRUEBA CONVENIO COMPLEMENTARIO Nº 2, QUE MODIFICA LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'CONCESIÓN VARIANTE VESPUCIO ? EL SALTO - KENNEDY'

EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyDecreto

APRUEBA CONVENIO COMPLEMENTARIO Nº 2, QUE MODIFICA LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA "CONCESIÓN VARIANTE VESPUCIO – EL SALTO - KENNEDY"

Núm. 237.- Santiago, 25 de agosto de 2009.- Vistos:

- El DFL MOP Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 15.840, de 1964, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas y del DFL Nº 206, de 1960, Ley de Caminos.

- El Decreto Supremo MOP N° 900, de 1996, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL MOP Nº 164, de 1991, Ley de Concesiones de Obras Públicas, en particular su artículo 19º.

- El Decreto Supremo MOP Nº 956, de 1997, Reglamento de la Ley de Concesiones, en especial su artículo 69º.

- El Decreto Supremo MOP Nº 1129, de fecha 26 de noviembre de 2004, que adjudicó el contrato de concesión para la ejecución, conservación y explotación de la obra pública fiscal denominada "Concesión Variante Vespucio – El Salto – Kennedy".

- La Resolución N° 1600, de 30 de octubre de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Decreto:

  1. Apruébase el convenio complementario Nº 2, de fecha 18 de agosto de 2009, que modifica las características de las obras y servicios del contrato de concesión de la obra pública fiscal denominada "Concesión Variante Vespucio – El Salto – Kennedy", celebrado entre la Dirección General de Obras Públicas, representada por su Directora General, Sra. Sonia Tschorne Berestesky, ambos domiciliados para estos efectos en calle Morandé Nº 59, tercer piso, comuna y ciudad de Santiago y "Sociedad Concesionaria Túnel San Cristóbal S.A.", debidamente representada por don Antonino Castellucci, ambos domiciliados para estos efectos en Avda. del Valle Nº 945, oficina 3604, Ciudad Empresarial, comuna de Huechuraba, de la ciudad de Santiago.

  2. Declárase que forman parte integrante de este Decreto, el convenio complementario Nº 2 ya citado y sus anexos, documentos que pasan a formar parte del contrato de concesión.

  3. Transcríbese a continuación, el Convenio Complementario N° 2 y sus anexos, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo , inciso de la Resolución 1600 de 30 de octubre de 2008, de la Contraloría General de la República.

CONVENIO COMPLEMENTARIO Nº 2 DE MODIFICACIÓN DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA "CONCESIÓN VARIANTE VESPUCIO – EL SALTO – KENNEDY".

En Santiago de Chile, a 18 días del mes de agosto de 2009, entre la DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS PÚBLICAS, representada por su Directora General, Sra. Sonia Tschorne Berestesky, ambas domiciliadas para estos efectos en calle Morandé Nº 59, tercer piso, comuna y ciudad de Santiago, y "SOCIEDAD CONCESIONARIA TÚNEL SAN CRISTÓBAL S.A.", sociedad concesionaria de la obra pública fiscal denominada "CONCESIÓN VARIANTE VESPUCIO – EL SALTO – KENNEDY", Rut Nº 99.588.750-9, representada por su Gerente General, don Antonino Castellucci, Cédula de Identidad para Extranjeros Nº 14.746.924-1, de profesión Contador Auditor, ambos domiciliados para estos efectos en Avda. del Valle Nº 945, oficina 3604, Ciudad Empresarial, comuna de Huechuraba, de la ciudad de Santiago, se ha pactado el siguiente Convenio Complementario que consta de las cláusulas que a continuación se expresan:

PRIMERO: ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DEL CONVENIO COMPLEMENTARIO

1.1 Por Decreto Supremo del Ministerio de Obras Públicas MOP Nº 1129 de 26 de noviembre de 2004, publicado en el Diario Oficial Nº 38.092 de fecha 21 de febrero de 2005, se adjudicó el contrato de concesión para la ejecución, conservación y explotación de la obra pública fiscal denominada "Concesión Variante Vespucio – El Salto – Kennedy", al grupo licitante compuesto por las empresas Taurus Holdings Chile S.A. y Hochtief Projektentwicklung Chile Limitada, denominada "San Cristóbal Express", que constituyeron la sociedad concesionaria "SOCIEDAD CONCESIONARIA SAN CRISTÓBAL EXPRESS S.A.", actualmente denominada "SOCIEDAD CONCESIONARIA TÚNEL SAN CRISTÓBAL S.A.". Dicho contrato se perfeccionó con la publicación en el Diario Oficial del decreto de adjudicación en la fecha antes señalada; mediante la constitución de la sociedad concesionaria, por escritura pública de fecha 16 de marzo de 2005, otorgada en la Notaría de Santiago de don José Musalem Saffie, Repertorio Nº 3.083-2005, cuyo extracto se inscribió a fojas Nº 8976 con el Nº 6555, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2005, y se publicó en el Diario Oficial Nº 38.116 del 21 de marzo de 2005; y mediante la suscripción y protocolización del decreto de adjudicación efectuadas en la Notaría de Santiago, de don José Musalem Saffie, de fecha 07 de abril de 2005. Dichos documentos fueron entregados al Ministerio de Obras Públicas, en forma y plazo legales, dando íntegro cumplimiento a las normas contenidas en el artículo 9 del DS MOP Nº 900 de 1996 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL MOP Nº 164 del año 1991, Ley de Concesiones de Obras Públicas.

1.2 Por Resolución DGOP (Exenta) Nº 2106 del 19 de junio de 2005, se autorizó la reforma de estatutos de la Sociedad Concesionaria, para modificar su razón social y duración, la que fue...

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