Decreto núm. 642 EXENTO, publicado el 15 de Diciembre de 1999. APRUEBA ORDENANZA PARA LA COBRANZA DE CONTRIBUCIONES, PATENTES, PERMISOS Y DERECHOS MUNICIPALES MOROSOS - MUNICIPALIDAD DE ILLAPEL - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 496438874

Decreto núm. 642 EXENTO, publicado el 15 de Diciembre de 1999. APRUEBA ORDENANZA PARA LA COBRANZA DE CONTRIBUCIONES, PATENTES, PERMISOS Y DERECHOS MUNICIPALES MOROSOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE ILLAPEL
Rango de LeyDecreto

APRUEBA ORDENANZA PARA LA COBRANZA DE CONTRIBUCIONES, PATENTES, PERMISOS Y DERECHOS MUNICIPALES MOROSOS

Núm. 642 exento.- Illapel, 2 de diciembre de 1999.- Vistos:

  1. Ordenanza Municipal para la Cobranza de Contribuciones, Patentes, Permisos y Derechos Municipales morosos; b) La letra b) del artículo 13 de la ley Nº15.231 sobre Organización de los Juzgados de Policía Local; c) Los artículos 48, 49, 57, 62; d) artículos pertinentes del D.L. Nº 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales; e) Facultades que me confieren los artículos 12, 13, del D.L. Nº 1.289, de 1975; f) acuerdo del Honorable Concejo Municipal, en sesión Nº 104, de fecha 23 de noviembre de 1999; y g) ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades;

    D e c r e t o:

    Apruébese el texto refundido de la Ordenanza Municipal para la cobranza de contribuciones, patentes, permisos y derechos municipales morosos, la que comenzará a regir desde su publicación en el Diario Oficial.

    Fírmense los convenios de pago pertinentes en conformidad a las normas establecidas en la Ordenanza Municipal que se aprueba por el presente documento.

    Anótese, comuníquese y archívese.- Luis Lemus Aracena, Alcalde.- María Nubia Jorquera Valencia, Secretaria Municipal.

    MODIFICA ORDENANZA PARA LA COBRANZA DE CONTRIBUCIONES, PATENTES, PERMISOS Y DERECHOS MUNICIPALES MOROSOS

    Vistos:

  2. Ordenanza Municipal para la Cobranza de Contribuciones, Patentes, Permisos y Derechos Municipales morosos; b) La letra b) del artículo 13 de la ley Nº15.231 sobre Organización de los Juzgados de Policía Local; c) Los artículos 48, 49, 57, 62; d) artículos pertinentes del D.L. Nº 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales; e) Facultades que me confieren los artículos 12, 13 del D.L. Nº 1.289, de 1975; f) acuerdo del Honorable Concejo Municipal, en sesión Nº 104, de fecha 23 de noviembre de 1999; y g) ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades;

    Considerando: Que es necesario modificar algunas normas para la cobranza de contribuciones, patentes, permisos y derechos que se encuentran morosos, se dicta el siguiente

    TEXTO REFUNDIDO DE ORDENANZA PARA LA COBRANZA DE CONTRIBUCIONES, PATENTES, PERMISOS Y DERECHOS MUNICIPALES MOROSOS

Artículo 1

Las contribuciones, patentes, permisos o derechos municipales que no se paguen en los plazos establecidos, se entenderán que están en mora y su...

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